La Junta Electoral Central archiva las dos denuncias del PP contra Pedro Sánchez por sus declaraciones de los días 15 y 16 de octubre en Bruselas, pero le recuerda que debe respetar la neutralidad durante el periodo electoral
Las claves
- La JEC consideró que no existen elementos suficientes para justificar el expediente.
- Se le recordó a Sánchez su obligación de respetar la neutralidad política durante el periodo electoral.
- La JEC desestimó dos denuncias del PP contra Sánchez que pedían declarar vulnerada la LOREG y abrir un procedimiento sancionador.
- El 15 de octubre Sánchez envió un mensaje de «tranquilidad» a los pensionistas y anunció revalorizar las pensiones según el IPC antes de fin de año.
- Ese mismo día afirmó que el PSOE buscaba una mayoría «más amplia y progresista» en el próximo Parlamento y ganar también el Senado.
La Junta Electoral Central (JEC) decidió este jueves rechazar la apertura de un nuevo expediente sancionador contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras sus declaraciones en el Consejo Europeo de Bruselas.
La autoridad electoral argumentó que no existen elementos suficientes para justificar el procedimiento, aunque recordó a Sánchez su obligación de respetar el deber de neutralidad política durante el periodo electoral que culmina el 29 de noviembre.
En la misma resolución la JEC desestimó dos denuncias presentadas por el Partido Popular que solicitaban declarar vulnerada la LOREG, retirar manifestaciones de los canales institucionales y abrir un expediente sancionador.
El 15 de octubre, durante el Consejo Europeo en Bruselas, Sánchez envió un mensaje de «tranquilidad» a los pensionistas y anunció que el Gobierno revalorizaría las pensiones conforme al IPC antes de final de año, tal como marca la ley. En la misma intervención acusó al PP y a Vox de poner en riesgo las pensiones. Al ser preguntado sobre la posibilidad de concurrir junto a otras fuerzas de izquierda al Senado, afirmó que el PSOE no aspiraba solo a ganar el Congreso y a tener una mayoría «más amplia y progresista» en el próximo Parlamento, sino también a ganar el Senado.
El 16 de octubre, en la rueda de prensa posterior al Consejo Europeo, Sánchez se describió a sí mismo como «optimista» y «animado» ante la próxima cita electoral. Añadió que la «senda de avance» iniciada hace ocho años «va a continuar cuatro años más».
La JEC consideró que las declaraciones del 15 de octubre excedieron la exposición objetiva de los asuntos del Consejo Europeo. Pero tuvo en cuenta que se hicieron en una atención informal a los periodistas, sin que quedara acreditado que fuera un acto organizado o financiado por los poderes públicos. Algunas expresiones fueron descritas como «difícilmente conciliables con las exigencias de neutralidad institucional», aunque el organismo descartó abrir un expediente sancionador.
Respecto al 16 de octubre, la JEC reconoció que la rueda de prensa en la Representación Permanente de España ante la UE tuvo carácter institucional y se realizó con medios públicos. En esa comparecencia Sánchez defendió su política migratoria, criticó a la ultraderecha y afirmó que era «muy necesario» un «gobierno progresista en España». El organismo electoral consideró que esa última expresión se sitúa «en el límite de lo admisible» por introducir valoraciones partidistas en una comparecencia con medios públicos. Sin embargo, concluyó que el conjunto no alcanzaba entidad suficiente para justificar un expediente.
Por tanto, la JEC archivó ambas denuncias del PP y recordó expresamente a Sánchez que debe observar el deber de neutralidad política exigible a los poderes públicos y abstenerse de manifestaciones contrarias al artículo 50.2 de la LOREG en actos institucionales.
Hace una semana, la JEC abrió un expediente sancionador por la rueda de prensa del 6 de octubre en la Moncloa, tras la aprobación de dos decretos ley de vivienda.
La autoridad electoral ha venido marcando una doctrina basada en el artículo 50 de la LOREG que obliga a los poderes públicos a mantener neutralidad desde la convocatoria de elecciones hasta el día de la votación y prohíbe el uso de recursos públicos para propaganda partidista.
Actualmente Pedro Sánchez acumula cinco expedientes sancionadores de la JEC, de los que cuatro han concluido con multas.
Calendario del 29-N
- Del 21 al 26 de octubre: presentación de candidaturas ante las juntas electorales (art. 45 LOREG).
- 28 de octubre: publicación de las candidaturas presentadas (art. 47.1).
- Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
- 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
- Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).
Fuentes
- Real Decreto 806/2026 de convocatoria de las elecciones (BOE) (se abre en otra pestaña)
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (se abre en otra pestaña)
Corrección (22/10/2026): atribuía a Sánchez una mayoría «más amplia y progresista» en el Senado y haber llamado «muy necesario» a su gobierno; habló de esa mayoría en el próximo Parlamento y dijo que era «muy necesario» un «gobierno progresista en España».


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