La Junta Electoral Central rechaza la petición de Vox de revisar el control de las defunciones de los inscritos en el CERA y considera adecuado que el Registro Civil comunique cada mes los fallecimientos a la Oficina del Censo Electoral
La Junta Electoral Central rechazó la petición de Vox de que se requiriera información precisa sobre el procedimiento de tramitación y control de las defunciones del CERA. Es la segunda semana consecutiva en que el árbitro electoral cierra la puerta a las dudas que el partido de Santiago Abascal trata de sembrar sobre el voto exterior.
La JEC sostuvo que el procedimiento existente «resulta adecuado para garantizar de un modo razonable la correcta actualización del CERA». Asimismo, señaló que la denuncia de Vox no incorpora prueba alguna «más allá de las opiniones subjetivas del autor».
El acuerdo de la JEC rechaza revisar los mecanismos de control de las defunciones de los españoles inscritos en el CERA. El procedimiento actual contempla la comunicación mensual de los fallecimientos desde el Registro Civil a la Oficina del Censo Electoral, y la JEC lo considera adecuado para dar de baja a las personas fallecidas.
La Junta Electoral Central recordó que existen mecanismos adicionales de comprobación de los datos. Reprochó a Vox que «no se incorpora en el escrito ningún dato preciso que pueda sustentar las afirmaciones y propuestas que se hacen».
La Junta recuerda que actúa ante denuncias sobre hechos o indicios concretos de irregularidad, no ante opiniones subjetivas.
La Junta resolvió también la denuncia del PP contra el CIS, que se cuenta en esta noticia.
Vox, en cifras
Según la estimación de Capitol del 22 de octubre, con la media de 26 encuestas de los últimos 28 días, Vox obtendría el 18,3 % de los votos y 67 escaños el 29 de noviembre.
En las generales de 2023 logró 33 diputados. En la media simple de las encuestas marcaba el 18,1 % a seis meses y el 18,5 % a tres meses.
Calendario del 29-N
- Del 21 al 26 de octubre: presentación de candidaturas ante las juntas electorales (art. 45 LOREG).
- 28 de octubre: publicación de las candidaturas presentadas (art. 47.1).
- Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
- 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
- Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).
Fuentes
- Real Decreto 806/2026 de convocatoria de las elecciones (BOE) (se abre en otra pestaña)
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (se abre en otra pestaña)
- Estimación del agregador de encuestas de Capitol (22 de octubre)


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