La barrera del 3 % del Congreso no se mide sobre el voto de toda España, sino en cada provincia: una lista solo entra en el reparto si logra el 3 % de los votos válidos, blancos incluidos, de esa circunscripción. Con los resultados oficiales de 2023, quitarla no habría cambiado ni un escaño.
La regla cabe en una línea del artículo 163.1.a de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) (se abre en otra pestaña): antes de repartir escaños «no se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 3 por 100 de los votos válidos emitidos en la circunscripción». La última palabra es la decisiva. La circunscripción del Congreso es la provincia, porque así lo fija el artículo 68.2 de la Constitución (se abre en otra pestaña), y por eso hay 50 barreras distintas, una por provincia; Ceuta y Melilla, que eligen un solo diputado por mayoría (artículo 163.2), no tienen ninguna. La guía del sistema electoral del 29-N resume el conjunto; aquí se mira con lupa esta pieza.
El listón se calcula sobre los votos válidos, que son los de las candidaturas más los votos en blanco: la ley considera «voto en blanco, pero válido» el sobre sin papeleta (artículo 96.5 (se abre en otra pestaña)). Los nulos no cuentan. La misma regla da cifras muy distintas según la provincia. En las generales del 23 de julio de 2023, según los resultados que la Junta Electoral Central publicó en el BOE del 1 de septiembre de 2023 (se abre en otra pestaña), Madrid tuvo 3.608.673 votos válidos, así que una lista necesitaba al menos 108.261 votos para entrar en el reparto. En Soria, con 50.769 válidos, bastaban 1.524. Los 28.960 votos en blanco de Madrid subieron el listón en 869 votos para todas las candidaturas por igual: es el efecto, pequeño pero real, que explica la guía del voto en blanco y nulo.
¿Por qué la barrera casi nunca decide un escaño?
Porque en la mayoría de las provincias el sistema ya exige mucho más que un 3 % para conseguir un diputado. En Teruel, que elegía tres, la barrera de 2023 estaba en 2.278 votos, pero el tercer escaño fue para el segundo cociente del PP, 13.293 votos: casi seis veces más, como se detalla en el explicador sobre cómo funciona la ley D’Hondt. Una lista con el 3 % de Teruel no saca nada, haya barrera o no. Los politólogos distinguen por eso entre el umbral legal, el que fija la ley, y el umbral efectivo, el que impone de hecho el tamaño de la circunscripción. En casi toda España el segundo está muy por encima del primero.
La barrera solo puede morder donde se eligen muchos diputados, porque allí el último escaño sale barato. En Madrid, que en 2023 elegía 37, el último cociente que obtuvo escaño fue el 16.º del PP, con 91.449 votos: el 2,53 % de los válidos, por debajo de los 108.261 que pedía la ley. Una candidatura con algo más de 91.449 votos habría tenido cociente para un diputado y se habría quedado fuera solo por la barrera. No la hubo: la quinta lista más votada, el Partido Animalista con el Medio Ambiente (PACMA), sacó 21.742 votos, el 0,60 %.
Barcelona ofrece el caso más cercano. Elegía 32 diputados, el último escaño (el 13.º del PSC) costó 73.257 votos, el 2,75 %, y la barrera estaba en 80.025. La Candidatura d’Unitat Popular (CUP) obtuvo 67.266 votos, el 2,52 %, y quedó excluida. Pero sin barrera tampoco habría entrado: le faltaron casi 6.000 votos para superar aquel último cociente. Capitol ha repetido el reparto de 2023 en las 52 circunscripciones sin el 3 % y el resultado son exactamente los mismos 350 diputados.
¿Qué pasaría si el 3 % se midiera en toda España?
Aquí la elección del legislador sí pesa, y mucho. El 3 % de los 24.688.087 votos válidos de 2023 en toda España eran 740.643 votos. Siete de las doce candidaturas que obtuvieron escaño quedaron por debajo: Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), con el 1,89 %; Junts, con el 1,60 %; EH Bildu, con el 1,36 %; el Partido Nacionalista Vasco (PNV), con el 1,12 %; el Bloque Nacionalista Galego (BNG), con el 0,62 %; Coalición Canaria, con el 0,47 %, y Unión del Pueblo Navarro (UPN), con el 0,21 %. Entre las siete sumaron 28 diputados. Ninguna se presentó en más de cuatro provincias, y en las que les dieron escaño superaron con holgura el listón provincial: a UPN le bastaron 52.188 votos en Navarra para su escaño.
Capitol ha recalculado el Congreso de 2023 con esa barrera nacional hipotética, con los mismos votos, las mismas circunscripciones y la misma fórmula D’Hondt. Los 28 escaños pasarían a los partidos que superan el 3 % en el conjunto del país: 14 al PSOE y al PSC, 7 a Sumar, 5 al PP y 2 a Vox.

Ver los datos del gráfico
| Cifra | |
|---|---|
| PSOE y PSC | 14 |
| Sumar | 7 |
| PP | 5 |
| Vox | 2 |
| UPN | −1 |
| Coalición Canaria | −1 |
| BNG | −1 |
| PNV | −5 |
| EH Bildu | −6 |
| Junts | −7 |
| ERC | −7 |
Es un ejercicio mecánico y conviene leerlo como tal. Con otra regla, los votantes y los partidos también se comportarían de otra manera: es el efecto que la ciencia política llama psicológico, el del elector que no quiere desperdiciar su voto y el del partido que busca coaliciones para sobrevivir. Lo que el cálculo sí muestra es la lógica del diseño español. Medir el 3 % en cada provincia filtra poco a los partidos que concentran su voto en un territorio y deja el trabajo de verdad a D’Hondt aplicado a circunscripciones pequeñas, que castiga sobre todo a los partidos medianos que reparten su voto por todo el país.
La LOREG no aplica el mismo listón en todas las elecciones. En las municipales es del 5 % de los votos válidos emitidos en la circunscripción (artículo 180 (se abre en otra pestaña)). En las europeas, con una sola circunscripción para toda España (artículo 214), no hay ninguno: el artículo 216 (se abre en otra pestaña) usa el método del 163, pero excluye expresamente la regla del 3 %.
¿De dónde sale el 3 % y por qué lo avaló el Constitucional?
La barrera es anterior a la Constitución. El Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre Normas Electorales (se abre en otra pestaña), que ordenó las primeras elecciones democráticas, ya excluía en su artículo 20 las listas que no obtuvieran «por lo menos, el tres por ciento de los votos válidos emitidos en el distrito». Su preámbulo explicaba que D’Hondt «ya supone un poderoso corrector del excesivo fraccionamiento de las representaciones parlamentarias» y que la barrera responde «a esta misma finalidad». La LOREG de 1985 la mantuvo casi con las mismas palabras, con «circunscripción» donde el decreto decía «distrito», y el artículo 163 no se ha reformado desde entonces.
El Tribunal Constitucional la examinó ese mismo año a raíz de unas elecciones en las que sí decidió escaños: las del Parlamento de Cataluña de 29 de abril de 1984, en la circunscripción de Barcelona, que elegía 85 diputados. Dos candidaturas que no llegaron al 3 %, Entesa de l’Esquerra Catalana y el Partit dels Comunistes de Catalunya, pidieron que se repartiera sin el límite, lo que, según sus recursos, les habría dado uno y dos escaños. La sentencia 75/1985, de 21 de junio (se abre en otra pestaña), denegó el amparo. Su argumento sigue siendo la doctrina de referencia: la Constitución no impone una proporcionalidad «pura», que «ni existe entre nosotros» ni en el derecho comparado, sino una «orientación o criterio tendencial»; y es legítimo que la ley procure que la representación «no sea en exceso fragmentaria», porque las elecciones también sirven para formar instituciones capaces de decidir. El tribunal añadió que la regla se inspiró en el precedente alemán, con un listón del 5 %, y que el 3 % «respeta, en sustancia, el criterio de la proporcionalidad», porque la inmensa mayoría de los votos sigue entrando en el reparto.
Cuarenta años después, la barrera funciona tal como la describió el tribunal: en el Congreso actúa casi siempre como un seguro que no llega a usarse, y el reparto real lo deciden la provincia y la fórmula. Para ver cuánto le falta a cada partido en cada provincia el 29 de noviembre, la herramienta D’Hondt por provincias repite el cálculo con cualquier resultado, el simulador de pactos muestra qué mayorías salen y la metodología explica cómo proyecta Capitol los escaños.


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