La Seguridad Social anuncia la apertura de un plazo para solicitar la recuperación de la pensión de viudedad
La medida fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 21 de octubre. Abre un período extraordinario de doce meses, hasta el 21 de octubre de 2027, para pedir la concesión o la recuperación de esta prestación.
Está destinada a personas que se quedaron sin el subsidio por no reunir los requisitos solicitados. También se incluyen usuarios cuyo cobro se vio interrumpido o suspendido por incompatibilidad con otras pensiones contributivas.
Podrán ser beneficiarios quienes, tras una relación estable, no pudieron acceder al pago por no cumplir las condiciones exigidas para parejas de hecho. Se contemplan supuestos excepcionales para defunciones producidas antes de la entrada en vigor de la ley. En esos casos el miembro superviviente podrá acreditar la consolidación de la condición conyugal en el momento del deceso.
También se incluyen beneficiarios que, bajo una legislación anterior, tenían reconocida la pensión pero se les suspendió por reglas de incompatibilidad. Para obtenerla ahora será necesario acreditar que se reúnen los requisitos específicos exigidos en el texto legal.
Todos los interesados disponen de doce meses desde la entrada en vigor de la ley, de modo que el plazo finaliza el 21 de octubre de 2027. Se trata de un período improrrogable, por lo que se aconseja iniciar los trámites con antelación.
La pensión concedida bajo estas circunstancias surtirá efectos económicos desde el primer día del mes siguiente al de la solicitud. No serán abonadas las cantidades correspondientes a los años anteriores en los que el solicitante no cobró la prestación. Por ejemplo, una solicitud presentada en noviembre de 2026 tendría validez legal desde el 1 de diciembre del mismo año.
Antes, en Capitol
26 de octubre. La Seguridad Social establece los años para jubilarse en 2027. Este lunes, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, descarta ampliar el periodo de cálculo de las pensiones o los años de cotización necesarios.
Sigue la cobertura: La Seguridad Social establece los años para jubilarse en 2027
Corrección (26/10/2026): decía que el plazo era de dos meses y ahora dice que es de doce meses, hasta el 21 de octubre de 2027


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