La Junta Electoral Central avala la atribución de escaños que propone RTVE, con un diputado más para En Comú, y considera que Podemos no acredita la independencia de seis diputados de 2023; la comisión de partidos se reúne el miércoles 4 de noviembre.
Las claves
- El reparto de tiempos en los informativos y de espacios de propaganda depende de los resultados de los comicios anteriores.
- La primera reunión de la comisión de partidos será el 4 de noviembre.
- RTVE hace una primera atribución de escaños a cada partido de la antigua coalición Sumar.
- RTVE atribuye diez diputados a Movimiento Sumar, cinco a IU, cinco a Podemos y cuatro a Catalunya en Comú.
Frente Amplio y Podemos se disputan ante la Junta Electoral Central (JEC) el peso electoral que dejó la coalición Sumar, con la que concurrieron juntos a las elecciones generales de 2023. De ese legado depende cómo se repartirán los tiempos en los informativos y las franjas gratuitas de propaganda en los medios públicos durante la campaña de las elecciones del 29 de noviembre.
La JEC puso en marcha en los últimos días la comisión de partidos, que debe aprobar esa distribución. Los tiempos y espacios se asignan según los resultados de los comicios anteriores. La comisión se reunirá el miércoles 4 de noviembre, y ese día se espera conocer la propuesta de RTVE.
Para elaborar esa propuesta, RTVE consultó a la JEC cómo repartir los derechos electorales de la coalición Sumar de 2023, cuyos integrantes se reparten ahora entre el Frente Amplio, que encabeza Ada Colau, Podemos, que encabeza Irene Montero, y otras formaciones locales.
Siguiendo la doctrina de la JEC y los perfiles de los diputados que obtuvieron escaño en 2023, RTVE plantea una primera atribución: diez escaños para Movimiento Sumar, cinco para IU, cinco para Podemos y cuatro para Catalunya en Comú, mientras que el resto se adjudica a las demás formaciones.
Podemos sostiene que seis diputados de 2023 son independientes y no pueden asignarse a ningún partido, y que otros dos pertenecen a formaciones que ya no existen. Según su planteamiento, solo hay que computar 23 de los 33 diputados de 2023, lo que le daría un 21% de los derechos electorales de Sumar.
Frente Amplio defiende que la cuota de Catalunya en Comú pase de cuatro a cinco diputados. Además, da por hecho que casi todos los escaños, salvo los cinco adjudicados a Podemos, corresponden a su coalición.
La JEC otorga un escaño adicional a En Comú dentro de la propuesta de RTVE y descarta la inclusión como independientes de los seis diputados que señala Podemos.
En su informe, la JEC señala que la documentación aportada por Podemos no permite concluir de forma clara e inequívoca que esos seis diputados fueran independientes. Por ello juzga apropiada la asignación a las formaciones que RTVE propone.
La JEC recuerda además cómo se calculan los derechos de una coalición: se divide el total de votos de la coalición entre los diputados obtenidos y se multiplica el resultado por el número de candidatos de la formación, que ahora concurre en solitario, que lograron escaño. Si alguna fuerza de la antigua coalición no se presenta ahora, ya sea en bloque o de manera individual, sus votos y escaños se redistribuirán entre los restantes.
Cuando no se puedan prorratear los votos de una candidatura coaligada porque se lograron en conjunto, sin desglose por partido, el total se dividirá a partes iguales entre las formaciones que la integraron.
El siguiente paso será el Plan de cobertura informativa de RTVE y su propuesta de espacios de propaganda. Podemos ya ha anunciado que intentará estar presente incluso en los debates electorales, aunque tenga que compartir atril con Frente Amplio.
Calendario del 29-N
- Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
- 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
- Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).
- 19 de noviembre: último día para pedir el voto por correo (art. 72).
- Del 24 al 28 de noviembre: prohibido publicar encuestas electorales (art. 69.7).
Fuentes
- Real Decreto 806/2026 de convocatoria de las elecciones (BOE) (se abre en otra pestaña)
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (se abre en otra pestaña)


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