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El Supremo obliga a UGT Andalucía a devolver 18,3 millones a la Junta
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El Supremo obliga a UGT Andalucía a devolver 18,3 millones a la Junta

El alto tribunal rechaza el recurso de casación del sindicato y confirma la sentencia del TSJA: 13,1 millones de principal y 5,2 millones de intereses por subvenciones a cursos de formación

·20 de octubre de 2026·2 min de lectura

El alto tribunal rechaza el recurso de casación del sindicato y confirma la sentencia del TSJA: 13,1 millones de principal y 5,2 millones de intereses por subvenciones a cursos de formación

El Tribunal Supremo desestimó el recurso presentado por UGT de Andalucía contra la sentencia del TSJA que obligó al sindicato a devolver 18,3 millones de euros a la Junta. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal declaró que «no ha lugar» al recurso de casación de UGT-A.

La resolución de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de septiembre de 2015 había acordado el reintegro de 18,3 millones, de los que 13,1 millones correspondían a la cuantía principal y 5,2 millones a intereses de demora. Aunque el TSJA estimó parcialmente el recurso de UGT contra esa resolución, confirmó la obligación de devolver la totalidad de los 18,3 millones a las arcas públicas andaluzas.

El Supremo centró su interés casacional en la interpretación del artículo 31.1 de la Ley General de Subvenciones para determinar qué gastos de personal son estrictamente necesarios para la actividad subvencionada. El alto tribunal sostuvo que cualquier mejora salarial acordada en el convenio colectivo debe financiarse con fondos privados, no con los públicos de la subvención.

El fallo precisó que los gastos “estrictamente necesarios” son las retribuciones mínimas legales o las fijadas en el convenio, sin que otras cantidades se consideren cubiertas por la subvención. Así, el Supremo avaló el criterio del Gobierno andaluz y la argumentación del TSJA al afirmar que una ayuda pública no puede usarse para mejorar condiciones laborales mediante pactos individuales con cargo a fondos subvencionados.

Durante el proceso judicial, UGT-A defendía que el trabajo de los docentes era indispensable y que cualquier salario abonado debía ser un gasto elegible siempre que no excediera el valor de mercado.

Tras conocer el fallo del Supremo, fuentes de UGT-A han manifestado que respetan la decisión judicial y que están a la espera del informe de sus servicios jurídicos tras el análisis detallado de la sentencia.

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