El borrador del decreto que regulará el Fondo de Inversiones en Infraestructuras del Ciclo Integral del Agua ha sido puesto a información pública durante un plazo de 20 días hábiles
Las claves
- El borrador del decreto que regulará el Fondo de Inversiones en Infraestructuras del Ciclo Integral del Agua ha sido puesto a información pública durante 20 días hábiles.
- El proyecto está sometido a participación ciudadana tras la resolución dictada el 9 de octubre.
- Para municipios con menos de 5 000 habitantes, el fondo completará la diferencia hasta garantizar un mínimo de 4 000 euros anuales.
- El anticipo se considerará pago a cuenta y será compensado durante los cuatro ejercicios siguientes; mientras no se haya compensado, no se efectuarán nuevos pagos al municipio.
- El plazo máximo para resolver la solicitud de anticipo será de tres meses, y el silencio administrativo lo estimará estimada si se cumplen los requisitos.
Castilla-La Mancha devolverá a cada municipio el 25 % de la recaudación efectiva anual del canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua (DMA) obtenida en su territorio para financiar inversiones en abastecimiento, saneamiento y depuración.
El borrador del decreto que regulará el Fondo de Inversiones en Infraestructuras del Ciclo Integral del Agua ha sido puesto a información pública durante un plazo de 20 días hábiles. La Consejería de Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección General del Agua, está tramitando una norma que desarrolla el régimen de transferencias a las entidades locales previsto en la Ley de Aguas de Castilla-La Mancha. El proyecto se encuentra sometido a un proceso de participación ciudadana tras la resolución dictada el pasado 9 de octubre.
El sistema establece una relación directa entre lo recaudado en cada territorio y los recursos que regresarán a él, calculándose de oficio por la Consejería competente en materia de agua. La Dirección General verificará la recaudación efectiva, el cumplimiento de las autoliquidaciones y, cuando corresponda, la población oficial del padrón a 1 de enero. El importe resultante se abonará mediante un único pago anual.
Para los municipios de menos de 5 000 habitantes, cuando el 25 % de la recaudación que les corresponda no alcance los 4 000 euros anuales, el fondo completará la diferencia hasta garantizarles esa cantidad mínima. La población se determinará con las cifras oficiales del padrón municipal vigentes a 1 de enero del ejercicio correspondiente.
El dinero no utilizado en un ejercicio quedará reservado para inversiones hidráulicas posteriores. El anticipo tendrá carácter excepcional, deberá justificarse por la necesidad de financiación y será considerado pago a cuenta, compensado durante los cuatro ejercicios siguientes. Mientras el importe anticipado no haya quedado íntegramente compensado, no se efectuarán nuevos pagos con cargo al Fondo a favor de esa entidad. La solicitud deberá ir acompañada de una memoria justificativa de las inversiones y su necesidad de financiación. El plazo máximo para resolver la solicitud será de tres meses; si transcurre sin resolución expresa, la petición se entenderá estimada por silencio administrativo siempre que se cumplan los requisitos.
El abanico de inversiones financiables incluye mejoras, renovación y modernización de captaciones, conducciones, estaciones de tratamiento, depósitos, redes de distribución, colectores, estaciones de bombeo y depuradoras. También se contemplan actuaciones dirigidas a reducir pérdidas de agua y mejorar la eficiencia de las infraestructuras, sin necesidad de que sean instalaciones nuevas. Los objetivos incluyen ahorro y uso eficiente del agua, mayor control del consumo, incremento de la seguridad del suministro, mejora de la calidad del agua potable y tratamiento de aguas residuales urbanas.
Si una entidad local no dispone de medios personales, técnicos o materiales suficientes, la Junta de Comunidades podrá ejecutar directamente la obra mediante convenio, sin transferencia dineraria al municipio. En esos casos, el coste asumido por la Administración regional se descontará de las cantidades que corresponderían a la entidad beneficiaria y la infraestructura será entregada al municipio para su titularidad y mantenimiento.
Los recursos son finalistas y deben usarse exclusivamente para inversiones en infraestructuras del ciclo integral del agua dentro de las competencias locales. Los remanentes no utilizados al finalizar un ejercicio permanecerán vinculados al mismo destino en ejercicios posteriores. Las transferencias son compatibles con otras ayudas siempre que la suma de todas las fuentes no supere el coste de la actuación.
La Consejería podrá solicitar información, documentación técnica y económica, comprobar materialmente las inversiones y realizar visitas e inspecciones. El uso indebido o la falta de ejecución podrán provocar el reintegro total o parcial de las cantidades recibidas.
Sigue la cobertura: El PP de Castilla-La Mancha culpa al Gobierno de la acampada







