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Sofia Puente con el ministro Félix Bolaños Sofia Puente con el ministro Félix Bolaños. (Europa Press)
El Correo (Política)

Una segunda jueza inadmite la querella de Vox contra Sofía Puente por la instrucción de la ley de nietos

La jueza María Isabel Durántez Gil, titular de la plaza número 3 de Instrucción de Madrid, inadmite la querella de Vox contra Sofía Puente, la exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública que firmó la instrucción sobre la nacionalidad de la ley de nietos, y la extiende a su sucesora, María Ester Pérez Jerez.

·23 de octubre de 2026·4 min de lectura

La jueza María Isabel Durántez Gil, titular de la plaza número 3 de Instrucción de Madrid, inadmite la querella de Vox contra Sofía Puente, la exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública que firmó la instrucción sobre la nacionalidad de la ley de nietos, y la extiende a su sucesora, María Ester Pérez Jerez.

Las claves

  • Una segunda jueza de Madrid inadmitió una querella contra Sofía Puente.
  • Durántez citó la excepción de cosa juzgada porque los hechos ya fueron examinados por otro juzgado.
  • El Juzgado de Instrucción nº 21 de Madrid inadmitió el 7 de junio de 2024 una querella de la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica.
  • La Audiencia Provincial confirmó esa inadmisión el 28 de enero de 2025.
  • La magistrada consideró que la instrucción de Puente estaba dentro de sus competencias según el artículo 6 de la Ley 40/2015.

Durántez argumentó que los hechos ya habían sido examinados por el Juzgado de Instrucción nº 21, que inadmitió una querella sobre la misma instrucción el 7 de junio de 2024, y que la Audiencia Provincial confirmó esa decisión el 28 de enero de 2025, por lo que aplicaba la excepción de cosa juzgada. La magistrada citó el artículo 6 de la Ley 40/2015, que permite a los órganos administrativos dictar instrucciones, y consideró «indiscutible» que Puente tenía competencia para emitir la instrucción sobre la nacionalidad.

Vox había solicitado ampliar la querella a Elena Manzanera, presidenta del Instituto Nacional de Estadística y directora de la Oficina del Censo Electoral, por un presunto delito electoral y prevaricación por omisión, y había depositado una fianza de 12.000 euros. Durántez rechazó esa ampliación tanto por el sentido de su resolución como por la falta de conexión con la denuncia original.

La decisión de Durántez contrasta con la de la magistrada madrileña Inmaculada Lova Ruiz, quien el 19 de octubre admitió una querella similar de HazteOír contra Puente y sus cuatro ampliaciones. Lova Ruiz había exigido una fianza de 1.000 euros y pospuso la decisión sobre las diligencias hasta recibir nuevas alegaciones de HazteOír.

La Fiscalía Provincial de Madrid pidió inadmitir la querella por concurrir la excepción de cosa juzgada, argumentando que las ampliaciones posteriores de HazteOír no introducían hechos nuevos.

El conflicto se origina en la interpretación de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que estableció una presunción de exilio para los españoles que abandonaron el país entre julio de 1936 y diciembre de 1955. Vox y la asociación HazteOír sostienen que esa interpretación abrió la puerta a descendientes de emigrantes económicos, fuera de los requisitos fijados por las Cortes.

El Tribunal Supremo, en septiembre, suspendió cautelarmente los efectos electorales de las nacionalizaciones cuestionadas y confirmó la medida el 12 de octubre, tras la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre. La restricción afecta a más de 160.000 españoles, aunque contempla una excepción para quienes acrediten el exilio de sus ascendientes mediante certificación consular.

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, recurrió la suspensión del voto ante el Tribunal Constitucional. El Pleno del Constitucional inadmitió el amparo el 21 de octubre por prematuro, al seguir abierta la vía judicial ante el Supremo. Los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo anunciaron votos particulares en la resolución del Pleno.

Qué se juega Madrid el 29-N

Con la estimación de Capitol del 23 de octubre (media de 26 encuestas de los últimos 28 días), Madrid repartiría sus 38 diputados así: PP 15, PSOE 10, Vox 9, Frente Amplio 3 y Podemos 1. Frente al resultado de 2023, ganarían escaño Podemos (+1) y Vox (+4) y perderían Frente Amplio (-3) y PP (-1).

El último escaño sería para Vox. Al PP le faltarían unos 48.592 votos, según esa estimación, para arrebatárselo.

Madrid, en datos

Madrid elige 38 diputados en las elecciones generales del 29 de noviembre, uno más que en 2023. Su censo suma 5.536.913 electores, de los que 498.874 residen en el extranjero.

En las generales de 2023 ganó el PP, con el 41,3 % de los votos a candidaturas. Los escaños se repartieron así: PP 16, PSOE 10, Sumar 6 y Vox 5. El último escaño fue para el PP, y al PSOE le faltaron 15.564 votos para lograr su 11.º diputado.

Para el Senado, Madrid elige 4 senadores.

Todos los datos de la circunscripción, en las elecciones del 29-N en Madrid.

Vox, en cifras

Según la estimación de Capitol del 23 de octubre, con la media de 26 encuestas de los últimos 28 días, Vox obtendría el 18,4 % de los votos y 67 escaños el 29 de noviembre.

En las generales de 2023 logró 33 diputados. En la media simple de las encuestas marcaba el 18,1 % a seis meses y el 18,5 % a tres meses.

Calendario del 29-N

  • Del 21 al 26 de octubre: presentación de candidaturas ante las juntas electorales (art. 45 LOREG).
  • 28 de octubre: publicación de las candidaturas presentadas (art. 47.1).
  • Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
  • 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
  • Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).

Fuentes

Corrección (23/10/2026): la noticia atribuía al Pleno del Defensor del Pueblo la inadmisión del amparo del 21 de octubre; la decidió el Pleno del Tribunal Constitucional.

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