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El Gobierno mantiene plenas facultades hasta el 29 de noviembre pese a la disolución
El Debate (España)

El Gobierno mantiene plenas facultades hasta el 29 de noviembre pese a la disolución

Hasta el 29 de noviembre el Gobierno sigue con plenas facultades, aunque no habrá Cortes que controlen su acción

·22 de octubre de 2026·2 min de lectura

Hasta el 29 de noviembre el Gobierno sigue con plenas facultades, aunque no habrá Cortes que controlen su acción

El 5 de octubre, Pedro Sánchez anunció la convocatoria de elecciones generales anticipadas para el 29 de noviembre. La convocatoria se publicó en el Boletín Oficial del Estado al día siguiente y, con ella, se disolvieron el Congreso y el Senado.

A pesar de la disolución, el Gobierno no pasa a estar en funciones, según la Constitución. Pedro Sánchez no está en funciones ahora mismo y no lo estará hasta el día siguiente a las elecciones del 29 de noviembre.

El artículo 101 establece que un Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales y continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.

Por tanto, hasta el 29 de noviembre el Ejecutivo mantiene plenas facultades aunque no haya Cortes que lo controlen.

La Ley electoral prohíbe los actos de inauguración durante el periodo electoral.

Un Gobierno en funciones solo puede adoptar medidas de urgencia debidamente acreditadas o por razones de interés general justificadas.

En funciones no puede aprobar el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. Tampoco puede presentar proyectos de ley al Congreso o al Senado.

El presidente en funciones no puede plantear una cuestión de confianza ni proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo. Ni puede proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras o de las Cortes Generales en su conjunto.

Los decretos-ley que apruebe el Gobierno serán convalidados por la Diputación Permanente.

Calendario del 29-N

  • Del 21 al 26 de octubre: presentación de candidaturas ante las juntas electorales (art. 45 LOREG).
  • 28 de octubre: publicación de las candidaturas presentadas (art. 47.1).
  • Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
  • 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
  • Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).

Fuentes

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