La Sala de lo Social condena a Nagami Design a readmitirla, pagarle los salarios desde abril de 2024 e indemnizarla con 10.000 euros tras invertir la carga de la prueba
Las claves
- El Tribunal Supremo condenó a la empresa a indemnizar a Romina con 10.000 euros.
- Un día antes de la denuncia, Romina informó a su jefe de la agresión para advertir su estado psicológico.
- El 4 de febrero de 2024 se negó la orden de protección solicitada por Romina.
- El 5 de febrero de 2024 Romina se cogió la baja por síntomas emocionales.
- Romina se reincorporó voluntariamente el 23 de febrero de 2024 pese a la baja prolongada.
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el despido de Romina, una trabajadora despedida en 2024 tras contar a su jefe que había sido víctima de violencia de género, y obliga a la empresa Nagami Design a readmitirla, a pagarle los salarios desde abril de 2024 y a indemnizarla con 10.000 euros. Es el primer caso de este tipo que llega al Supremo.
Romina había denunciado a su expareja el 2 de febrero de 2024 por dos agresiones sexuales ocurridas los 14 y 27 de enero, y un día antes había informado a su jefe de la situación para advertir que no se encontraba “psicológicamente bien”.
El 4 de febrero de 2024 se celebró el juicio rápido para decidir sobre la orden de protección solicitada por Romina, la cual fue denegada.
Al día siguiente, el 5 de febrero, Romina se cogió la baja médica con diagnóstico de “Síntomas que afectan al estado emocional”. A pesar de la recomendación médica, el 23 de febrero Romina decidió reincorporarse voluntariamente, indicando que lo haría poco a poco y que volvería a la baja si no tenía fuerzas. El jefe al que había relatado su situación fue citado como testigo el 2 de abril y declaró en el juzgado. Esto precedió al despido de Romina el 9 de abril por “disminución continuada y voluntaria en el rendimiento”.
Las dos sentencias anteriores habían exigido una prueba documental -sentencia condenatoria, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal– para considerar probado que Romina era víctima de violencia de género, requisitos que ella no poseía. El Supremo, a diferencia de los tribunales inferiores, aplicó la inversión de la carga de la prueba, considerando que había indicios suficientes para que la empresa demostrara que no vulneró el principio de igualdad de trato. En su resolución, el Alto Tribunal señaló que la empresa no ofreció una explicación alternativa a las causas del despido, por lo que no pudo acreditar una causa objetiva.
La sentencia del Supremo sienta jurisprudencia al reconocer implícitamente que no es indispensable un documento judicial que acredite la condición de víctima para invertir la carga de la prueba. Romina declaró que la victoria ha sido “un esfuerzo titánico en un momento de máxima vulnerabilidad” y espera que sirva para que otras mujeres no tengan que pasar por situaciones similares.
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