El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de la Ciudad Autónoma de Ceuta contra la inactividad del Gobierno tras la entrada masiva del 30 y 31 de julio y da al Ministerio de la Presidencia veinte días hábiles, hasta el 23 de noviembre, para entregar el expediente sobre expulsiones, devoluciones y solicitudes de asilo.
Las claves
- La Sala Tercera admitió el recurso el jueves 22 de octubre, horas después de que Ceuta lo presentara.
- El plazo de veinte días hábiles para entregar el expediente vence el lunes 23 de noviembre.
- Ceuta pide un plan operativo con hitos quincenales para tramitar y ejecutar las expulsiones y devoluciones.
La Sala Tercera del Supremo, de lo Contencioso-administrativo, admitió el recurso el jueves 22 de octubre por la tarde, pocas horas después de que lo presentaran los servicios jurídicos de la ciudad. Requiere al departamento de Félix Bolaños que remita en un «improrrogable plazo de veinte días» el expediente sobre la gestión de las expulsiones, devoluciones y solicitudes de asilo, completo, en soporte electrónico y con un índice, y que identifique al órgano responsable de cumplir la resolución.
El Gobierno de Juan Jesús Vivas recurre contra lo que considera inactividad de la Administración del Estado «antes, durante y después» de la entrada masiva. Pide al tribunal que obligue al Ejecutivo a aprobar en diez días un plan operativo, dotarlo de medios y «establecer un calendario con hitos quincenales» para tramitar los expedientes de los adultos que llegaron el 30 y el 31 de julio y siguen en la ciudad, y a ejecutar las expulsiones y devoluciones que sean firmes. Solicita además medidas cautelarísimas, que se adoptan sin oír antes al Gobierno.
El recurso llega después de un requerimiento que Ceuta envió el 18 de septiembre a la Presidencia y a los demás ministerios implicados, con un mes de plazo. El Gobierno contestó el martes 20 de octubre, un día después de que venciera, con un escrito de 63 folios firmado por el ministro Ángel Víctor Torres en el que sostiene que las actuaciones están «iniciadas y en curso» (lo contamos aquí).
Esa respuesta enumera refuerzos, entre ellos 92 policías dedicados a extranjería, menores y protección internacional y 10 interinos. Los letrados de Ceuta la consideran insuficiente porque no detalla cuántos expedientes de expulsión o devolución se han abierto, resuelto o ejecutado, ni cuántas solicitudes de asilo se han presentado.
Si el expediente no llega completo en el plazo, la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (artículo 48) prevé reiterar la reclamación con diez días más y, después, multas coercitivas de 300 a 1.200 euros al responsable, que se repiten cada veinte días. Tras tres multas sin respuesta, el tribunal comunicará los hechos a la Fiscalía.
La admisión a trámite no da por probada la inactividad ni concede por ahora las medidas que pide Ceuta, pero obliga al Gobierno a entregar el expediente.
Antes, en Capitol
21 de octubre. La Moncloa responde “fuera de plazo” a Ceuta sin poner fecha a las expulsiones y Vivas estudia ir al Supremo.
Corrección (27/10/2026): el titular atribuía a Ceuta la exigencia del plazo de veinte días; es el Tribunal Supremo quien lo fija al Gobierno.


Comentarios