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Francesc A., de 56 años, había recibido el aval de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Generalitat en agosto de 2024 tras sufrir cuatro ictus y dos infartos
Las claves
- El paciente presenta secuelas graves, con problemas de movilidad y afasia que le impiden comunicarse normalmente.
- El TSJC emitió el primer pronunciamiento sobre la intervención de terceros en la eutanasia de un familiar.
- El Tribunal Supremo dictaminó que solo personas con una "vinculación particularmente estrecha" pueden interceder judicialmente contra la solicitud de eutanasia.
Con el archivo, el proceso podrá reanudarse porque todos los implicados están de acuerdo con la decisión.
Francesc A., de 56 años, había recibido el aval de la Comisión de Garantía y Evaluación de la Generalitat en agosto de 2024 tras sufrir cuatro ictus y dos infartos. Las secuelas le dejan graves problemas de movilidad y afasia, impidiéndole conversar y comunicarse como antes.
El caso motivó el primer pronunciamiento del TSJC sobre la posibilidad de que terceros impidan la eutanasia de un familiar. El Tribunal Supremo, con una decisión no unánime, estableció que solo personas con una «vinculación particularmente estrecha» pueden interceder judicialmente.
El mismo tribunal supremo pidió una reforma legislativa que reduzca los plazos de los procedimientos judiciales sobre eutanasia. Esta medida busca evitar que la dilación de los recursos añada sufrimiento al solicitante, como ocurrió con Francesc.
En septiembre, Francesc A. intentó suicidarse en su domicilio y fue ingresado primero en urgencias y luego en un centro psiquiátrico religioso. Tras 48 horas recibió el alta del centro psiquiátrico.
El Gobierno ha solicitado a la justicia mayor celeridad para resolver los recursos que afecten eutanías ya aprobadas.
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