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Magistrados de los dos sectores del Constitucional abogan por inadmitir el amparo del Defensor del Pueblo sobre la ley de nietos
El Mundo

Magistrados de los dos sectores del Constitucional abogan por inadmitir el amparo del Defensor del Pueblo sobre la ley de nietos

El Pleno del Tribunal Constitucional estudia este miércoles el recurso contra la suspensión del voto de 163.020 personas nacionalizadas por la ley de nietos, que puede romper la dinámica de bloques

·21 de octubre de 2026·2 min de lectura

El Pleno del Tribunal Constitucional estudia este miércoles el recurso contra la suspensión del voto de 163.020 personas nacionalizadas por la ley de nietos, que puede romper la dinámica de bloques

Las claves

  • El Tribunal Constitucional estudiará este miércoles en Pleno el recurso de amparo del Defensor del Pueblo contra la suspensión del voto de la ley de nietos.
  • Magistrados del sector de Conde-Pumpido y del conservador abogan por inadmitirlo por prematuro.
  • Los magistrados María Luisa Balaguer, Ramón Sáez y Enrique Arnaldo coincidieron en que era necesaria la avocación a Pleno, aunque divergieron en la posición sobre la admisión del recurso.
  • El magistrado Arnaldo, del sector conservador, propone la inadmisión del recurso, mientras que Sáez está a favor de admitirlo con medida cautelarísima.

El Tribunal Constitucional estudia este miércoles en Pleno el recurso de amparo del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender el voto de los beneficiados por la ley de nietos en las elecciones generales del 29-N. Magistrados tanto del sector mayoritario que lidera el presidente, Cándido Conde-Pumpido, como del conservador abogan por inadmitirlo al considerarlo prematuro, aunque la decisión sigue abierta.

El presidente del TC ha transmitido en privado a sus colegas que el proceso está en trámite en la Sala Tercera del Supremo y que, mientras dure, corresponde exclusivamente al Tribunal Supremo y a la administración electoral.

Según fuentes jurídicas, los magistrados aspiran a que la decisión del Pleno sea adoptada por una «mayoría consistente» de sus miembros. En la reunión de la Sección Cuarta del lunes pasado, los magistrados María Luisa Balaguer, Ramón Sáez y Enrique Arnaldo coincidieron en que era necesaria la avocación a Pleno. Sin embargo, Arnaldo, del sector conservador, propuso la inadmisión del recurso, mientras que Sáez defendió su admisión con medida cautelarísima.

Balaguer, de la corriente progresista, se limitó a señalar que corresponde al Pleno abordar las consecuencias de la posible admisión o inadmisión del recurso. El recurso sorprendió en el TC, pues durante el mandato de Conde-Pumpido el Defensor del Pueblo sólo había presentado en contadas ocasiones recursos de inconstitucionalidad y nunca de amparo.

En la historia del Defensor del Pueblo sólo se han interpuesto once recursos de amparo ante el Constitucional, el último en 2015.

El informe de los letrados de Arnaldo sostiene que el recurso es prematuro porque aún existía una vía ordinaria abierta y no se ha agotado la vía judicial previa. Según la nota interna de Arnaldo, sólo cuando exista una resolución firme y definitiva podrá considerarse agotada la vía judicial y acudir al TC.

Corrección (21/10/2026): la noticia abría con la amenaza del PP de enviar un burofax a Albares, que es otra información, y decía que bajo Conde-Pumpido «se» habían presentado pocos recursos; era el Defensor del Pueblo quien sólo había presentado recursos de inconstitucionalidad.

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