Las Juntas Electorales Provinciales solo meterán en la urna los sobres de los 901 nacionalizados por la ley de nietos que han acreditado el exilio, y fuentes del Supremo ven ese voto capaz de decidir escaños en provincias medianas como Cantabria y Ciudad Real.
El Supremo pidió a la Junta Electoral Central que la documentación del 29 de noviembre advierta de que los nacionalizados por la ley de nietos están inscritos en el censo de residentes en el exterior con carácter provisional. Solo podrán votar aquellos a quienes los registros consulares expidan una certificación que lo acredite. En el escrutinio general, las Juntas Electorales Provinciales solo introducirán en la urna los sobres de los electores incluidos en el listado de acreditados por exilio. Los sobres del resto los guardarán aparte, con su documentación electoral, y lo harán constar en el acta de la sesión.
El peso de estos votantes en un censo de 38,7 millones de personas es reducido, y fuentes del Supremo admiten que no pesará en las provincias pequeñas, donde los dos escaños suelen repartirse entre los dos grandes partidos, ni en las grandes, donde cada escaño exige muchos votos. Sitúan la clave en las provincias medianas, que eligen entre cuatro y seis diputados. En las generales de 2023, el PP se quedó a 363 papeletas de lograr un escaño más en Cantabria y a 428 en Ciudad Real. Ese mismo año, el voto de los residentes en el exterior hizo que en la Comunidad de Madrid un escaño pasara del PSOE al PP.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo solo permitirá votar en las elecciones generales del 29 de noviembre a los nacionalizados por la ley de nietos que acrediten el exilio de sus antepasados. El Gobierno ha entregado al tribunal el listado nominal con los 163.355 afectados por la suspensión de su derecho de voto y, según fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores, solo 901 de ellos cuentan con la acreditación del exilio certificada por los cónsules. Las medidas cautelares se adoptaron en septiembre y el tribunal las ratificó después.
El listado lo remitieron al límite del plazo los ministerios de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Lo enviaron después de que el Supremo advirtiera con multas a los ministros Félix Bolaños (Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y José Manuel Albares (Asuntos Exteriores).
Junto con el listado, el Ministerio de Justicia calculó que, con los niveles habituales de participación en el exterior, el impacto potencial de esas 163.355 personas sería de menos de 14.000 votos repartidos entre 52 circunscripciones, lo que equivale a menos del 0,06 % de los votos emitidos en las generales de 2023. Añadió que la incidencia real sería menor, porque la relación incluye a menores y a fallecidos que no figuran en el censo de españoles residentes en el exterior.
Calendario del 29-N
- Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
- 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
- Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).
- 19 de noviembre: último día para pedir el voto por correo (art. 72).
- Del 24 al 28 de noviembre: prohibido publicar encuestas electorales (art. 69.7).
Fuentes
- Real Decreto 806/2026 de convocatoria de las elecciones (BOE) (se abre en otra pestaña)
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE) (se abre en otra pestaña)


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