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La Audiencia de Alicante condena al expresidente de las Corts Julio de España a año y medio de prisión por agresión sexual a una paciente
Levante-EMV

La Audiencia de Alicante condena al expresidente de las Corts Julio de España a año y medio de prisión por agresión sexual a una paciente

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un año y medio de prisión al médico Julio de España, expresidente de las Corts Valencianes (2003-2007) y de la Diputación de Alicante (1995-2003) por el PP, por agredir sexualmente a una paciente durante una exploración en una clínica privada de Alicante el 7 de agosto de 2023.

·29 de octubre de 2026·2 min de lectura

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un año y medio de prisión al médico Julio de España, expresidente de las Corts Valencianes (2003-2007) y de la Diputación de Alicante (1995-2003) por el PP, por agredir sexualmente a una paciente durante una exploración en una clínica privada de Alicante el 7 de agosto de 2023.

En el mismo fallo judicial, el tribunal ha decidido absolver al facultativo de otro delito de agresión sexual respecto a una segunda paciente y de dos delitos de trato degradante.

La resolución dictada por la sala no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal impone al condenado un año y medio de prisión, dos años de libertad vigilada y cuatro años de inhabilitación para cualquier profesión que conlleve contacto con menores de edad. De España, médico especialista en aparato digestivo, presidió las Corts entre 2003 y 2007 y la Diputación de Alicante entre 1995 y 2003 con el Partido Popular.

Asimismo, la sentencia obliga a Julio de España a indemnizar a la víctima agredida con 12.000 euros por los daños causados y le prohíbe acercarse a ella durante tres años.

La afectada había acudido a la consulta para una valoración de su intolerancia alimentaria, que le provocaba digestiones pesadas e inflamación intestinal. Durante la exploración, tras palpar varias zonas del cuerpo, el especialista le pidió que adoptara una postura mirando a la pared como si estuviera castigada.

El tribunal señala que, tras un tacto rectal justificado médicamente, el acusado le palpó la zona genital a la paciente sin decirle nada. La paciente se quedó paralizada y en shock por una actuación que no se ajustaba a los criterios de la lex artis ni era necesaria en este caso.

Como consecuencia de estos hechos, la mujer sufrió un trastorno de estrés postraumático agudo y padece como secuela un trastorno de ansiedad moderado. Los magistrados apuntan que la postura genupectoral está admitida médicamente y descartan que el médico pretendiera la humillación con los tactos rectales.

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