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La Junta Electoral Central traslada al Supremo la petición de Hazte Oír para auditar el recuento de votos del 29-N
El Debate

La Junta Electoral Central traslada al Supremo la petición de Hazte Oír para auditar el recuento de votos del 29-N

La Junta Electoral Central ha trasladado a la Sala Tercera del Supremo la solicitud de Hazte Oír para auditar el sistema de recuento de votos del 29 de noviembre, al existir una causa judicial abierta sobre este asunto vinculado a la denominada ‘ley de nietos’.

·1 de noviembre de 2026·3 min de lectura

La Junta Electoral Central ha trasladado a la Sala Tercera del Supremo la solicitud de Hazte Oír para auditar el sistema de recuento de votos del 29 de noviembre, al existir una causa judicial abierta sobre este asunto vinculado a la denominada ‘ley de nietos’.

Las claves

  • El Supremo suspendió en septiembre de 2026 las nuevas inscripciones en el CERA de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’.
  • La Abogacía del Estado entregó el 28 de octubre la relación nominal de 163.355 personas afectadas.
  • Solo 901 expedientes cuentan con acreditación consular de descendientes de exiliados, aproximadamente el 0,55 %.

La Junta Electoral Central, órgano que supervisa y controla el proceso electoral, ha elevado a la Sala Tercera del Tribunal Supremo la petición de la entidad Hazte Oír de auditar el sistema de recuento de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. Justifica el traslado en que ya hay un procedimiento judicial en marcha sobre esta materia, relacionado con la ley de nietos.

La denominada ‘ley de nietos’ es en realidad la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, y permite a hijos y nietos de españoles que perdieron la nacionalidad por el exilio optar a la nacionalidad española.

Pocos días después de aprobarse la norma, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública dictó el 25 de octubre de 2022 una instrucción que presumía el exilio de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, sin exigir prueba individual de sus motivos. Vox e Iustitia Europa recurrieron ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo aspectos de la aplicación de esa instrucción y las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). En septiembre de 2026 el tribunal, como medida cautelar, suspendió tanto las nuevas inscripciones como los efectos electorales de las ya realizadas, salvo para quienes demuestren, mediante certificación consular, ser descendientes de exiliados. El 12 de octubre mantuvo esa suspensión para los comicios del 29 de noviembre.

Ante la convocatoria anticipada de elecciones, el Supremo solicitó al Gobierno la lista nominal de los afectados. Dio a los ministros Félix Bolaños (Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y José Manuel Albares (Asuntos Exteriores) hasta las 15:00 horas del miércoles 28 de octubre, con multas coercitivas de hasta 1.000 euros como advertencia. Dentro del plazo establecido, la Abogacía del Estado entregó la relación de 163.355 personas. Según fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y la documentación aportada, únicamente 901 expedientes disponen de acreditación consular de descendientes de exiliados, lo que representa aproximadamente el 0,55 %. El Supremo levantó después los apercibimientos a los ministros.

El Gobierno pidió que la lista se declare reservada por contener datos personales sensibles y para evitar un uso indebido por parte de los recurrentes, a los que calificó de extrema derecha. El Ejecutivo defiende que la instrucción aclaraba un procedimiento similar al de la Ley de Memoria Histórica de 2007 y estima que, incluso si todos votaran, el impacto sería reducido, de menos de 14.000 votos repartidos en 52 circunscripciones.

De momento, solo esas cerca de 900 personas tienen asegurado el derecho al voto en el CERA para el 29-N, mientras que el resto, más de 162.000, mantiene suspendidos los efectos electorales de su inscripción, salvo que obtenga la certificación antes de las elecciones o que una resolución judicial modifique las cautelares. El viernes 30 de octubre el Supremo abrió un período de tres días para que las partes presenten alegaciones sobre la posible ampliación de la suspensión a los hijos mayores de edad de los nacionalizados, colectivo que Iustitia Europa estima en unas 189.000 inscripciones. Queda pendiente la sentencia de fondo sobre la legalidad de la instrucción.

Calendario del 29-N

  • Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
  • 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
  • Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).
  • 19 de noviembre: último día para pedir el voto por correo (art. 72).
  • Del 24 al 28 de noviembre: prohibido publicar encuestas electorales (art. 69.7).

Fuentes

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