El Tribunal Supremo aplicó el 20 de octubre de 2026 la amnistía a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, que dejan de ser inelegibles. Junqueras puede volver a una papeleta, pero ERC lo coloca en el puesto 31 por Barcelona, donde la proyección de Capitol del 21 de octubre le da seis escaños.
- El auto de la Sala de lo Penal, con Manuel Marchena como ponente, extingue la responsabilidad criminal de los cuatro condenados por malversación en la causa del procés y pide al Ministerio de Justicia que borre sus antecedentes y los de otros cuatro condenados.
- La decisión llega un día antes de que se abra el plazo de candidaturas, que va del 21 al 26 de octubre. Desde hoy, ninguno de los cuatro está afectado por la inelegibilidad del artículo 6 de la ley electoral.
- Con la media de 26 encuestas del 21/10/2026, ERC sacaría 10 diputados (7 en 2023) y Junts 6 (7 en 2023). En Barcelona, ERC llegaría a seis, muy lejos del puesto 31 que ocupa Junqueras.

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| Julio 2023 | Proyección 21/10/2026 | |
|---|---|---|
| ERC | 7 | 10 |
| Junts | 7 | 6 |
La noticia jurídica es grande y su traducción electoral, más pequeña de lo que parece. Durante siete años la condena del procés funcionó como una barrera de entrada a las listas. El auto del Supremo la retira justo cuando los partidos cierran sus candidaturas, y aun así ninguno de los cuatro amnistiados aparece en un puesto con opciones reales de escaño en las listas conocidas hasta hoy. La amnistía devuelve el derecho a ser elegido. Lo que hagan los partidos con ese derecho es otra cuestión.
Qué ha decidido el Supremo
Según el comunicado oficial del Poder Judicial, la Sala de lo Penal, formada por Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena y Antonio del Moral, declaró extinguida la responsabilidad criminal que nacía de la sentencia del procés para Junqueras, Bassa, Turull y Romeva. Lo hace porque asume «en su integridad» la parte dispositiva de la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsejera Bassa y anuló los autos en los que el propio Supremo había negado la amnistía a la malversación.
El razonamiento del Supremo en 2024 era que la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía, deja fuera la malversación cuando hay un beneficio personal de carácter patrimonial, y que pagar el referéndum de 2017 con dinero público en lugar del propio era ese beneficio. El Constitucional, por mayoría de siete magistrados frente a cinco, entendió que esa lectura vulneraba la tutela judicial efectiva. El Supremo acata, pero deja escrito su desacuerdo. El auto habla de la «innecesaria grandilocuencia» del Constitucional y de un «razonamiento invasivo del ámbito jurisdiccional» del Supremo, y sostiene que la sentencia de amparo supone «una ruptura de este órgano con su propia jurisprudencia histórica».
El auto tiene además un efecto administrativo que suele pasar inadvertido. Las defensas de los cuatro amnistiados, y las de Joaquín Forn, Meritxell Borràs, Carme Forcadell y Josep Rull, pidieron que se borraran los antecedentes penales de la misma causa. El tribunal remite el auto al Ministerio de Justicia para que lo haga.
Por qué la malversación era la que pesaba
La sentencia del procés, de octubre de 2019, condenó a Junqueras a 13 años de prisión e inhabilitación absoluta, y a Romeva, Turull y Bassa a 12, por sedición y malversación. Desde entonces la condena fue perdiendo piezas. Los indultos parciales de junio de 2021 perdonaron la prisión y mantuvieron la inhabilitación. La reforma del Código Penal de diciembre de 2022 suprimió el delito de sedición, y en la revisión posterior el Supremo dejó en pie la inhabilitación absoluta asociada a la malversación. Por eso la malversación era la última pieza que les apartaba de las listas, y por eso el debate sobre si la amnistía la cubría tenía consecuencias electorales directas.
El mecanismo está en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Son inelegibles quienes cumplen una pena privativa de libertad por sentencia firme y quienes han sido condenados, aunque la sentencia no sea firme, por delitos contra la Administración pública, entre otros, cuando la condena incluye inhabilitación para cargo público o para el sufragio pasivo. La malversación es un delito contra la Administración pública y la condena llevaba inhabilitación absoluta, así que los cuatro estaban de lleno dentro de la causa. Extinguida la responsabilidad penal, desaparece la pena y con ella la inelegibilidad.
Hay un precedente que ayuda a medir el cambio. En las generales de abril de 2019, con el juicio en marcha y sin sentencia, Junqueras fue candidato y salió elegido diputado, y la Mesa del Congreso lo suspendió en mayo de ese año. En las europeas de mayo de 2019 volvió a salir elegido. Desde la sentencia de octubre de 2019 no ha podido presentarse a nada, ni a las autonómicas catalanas de 2021 ni a las de 2024. El 29-N será la primera elección en siete años en la que su nombre puede ir en una papeleta.
Qué cambia en las listas del 29-N
El plazo para presentar candidaturas ante las juntas electorales provinciales empezó hoy y termina el 26 de octubre, según el artículo 45 de la ley electoral. Las listas presentadas se publican en el BOE el 28 de octubre y la proclamación llega el 2 de noviembre. Para entonces, la inelegibilidad de los cuatro amnistiados ya no existe, y cualquier impugnación tendría que discutir el auto del Supremo, no la ley.
Según informó ERC tras su Consell Nacional del 20 de octubre, Gabriel Rufián encabeza la lista por Barcelona, Junqueras ocupa el puesto 31 y Romeva figura como primer suplente. Es una elección simbólica y la aritmética lo confirma. Barcelona reparte 32 diputados. Con la proyección provincial de Capitol del 21 de octubre, calculada con la media de 26 encuestas de los últimos 28 días, ERC tendría 383.443 votos en la provincia y seis escaños. El sexto cociente de ERC, 63.907 votos, es el último que entra en el reparto, y el siguiente en la cola es el duodécimo del PSOE, con 59.438. Para que el puesto 31 resultara elegido, ERC tendría que llevarse prácticamente todos los diputados de la provincia, algo que nadie ha hecho nunca en Barcelona.
El dato general es mejor para ERC que para Junts. En toda Cataluña, la proyección le da 10 diputados, seis en Barcelona, dos en Girona, uno en Lleida y uno en Tarragona, frente a los 7 de 2023. Junts bajaría de 7 a 6, tres en Barcelona y uno en cada una de las otras tres provincias. El método es el mismo que usa la ley, el reparto D’Hondt con la barrera del 3 % en cada provincia, aplicado a los votos que da la proyección provincial de Barcelona y de las otras tres. En Girona, a Junts le bastarían 92 votos más para quitarle a Vox el sexto escaño y sumar un segundo diputado, una distancia que cualquier movimiento de la campaña puede cambiar.
¿Qué efecto puede tener la amnistía en esos números? La experiencia sugiere prudencia. En las autonómicas catalanas de mayo de 2024, con la amnistía ya aprobada y Carles Puigdemont como candidato, los partidos independentistas perdieron la mayoría absoluta en el Parlament. Que una decisión judicial favorable movilice al electorado propio es una hipótesis razonable, pero no hay encuesta posterior al auto que permita medirlo, y las 26 que forman la media de hoy son todas anteriores.
Turull es el caso que más se presta a especular, porque es el secretario general de Junts y desde el 20 de octubre puede ser candidato. Junts no ha comunicado todavía sus listas. Hasta que lo haga, cualquier lectura sobre su papel es conjetura.
Queda fuera del auto la situación de Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, cuya causa sigue por otro camino porque no fueron juzgados con el resto. Turull lo resumió el mismo día al decir que la amnistía no será «total» hasta que se aplique también a ellos. En términos electorales, el caso de Puigdemont es distinto, porque sin sentencia nunca le alcanzó la inelegibilidad del artículo 6 y por eso pudo ser candidato en 2019 y en 2024.
Lo que conviene vigilar en los próximos días es concreto. El 26 de octubre se cierran las listas, y ahí se verá si algún amnistiado ocupa un puesto con opciones. El 28 de octubre el BOE publicará las candidaturas, y el 2 de noviembre las juntas proclamarán a los candidatos o rechazarán a alguno. La relación entre el Supremo y el Constitucional, que el auto deja a la vista con una dureza poco habitual, seguirá abierta mucho después del 29 de noviembre.


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