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Consejo de Transparencia rechaza desglose de nacionalidades por decreto

El CTBG avala la negativa del Ministerio de Justicia, que alegó ausencia de registro estructurado y ofreció fuentes alternativas como el INE

·19 de agosto de 2026·2 min de lectura

El CTBG avala la negativa del Ministerio de Justicia, que alegó ausencia de registro estructurado y ofreció fuentes alternativas como el INE

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimó la solicitud de un ciudadano que pedía al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes un listado detallado de las nacionalidades concedidas por decreto entre 2015 y 2024, desglosado por país de origen.

El Ministerio, dirigido por Félix Bolaños, respondió que solo publica datos agregados a partir de 2020 y que no dispone de un informe que cruce cada expediente con la nacionalidad del solicitante, por lo que atender la petición requeriría una revisión manual de todos los expedientes del periodo solicitado.

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Ante la negativa, el peticionario interpuso recurso ante el Consejo de Transparencia, cuyo dictamen fue emitido por la presidenta María de la Concepción Campos Acuña. En su resolución recordó la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece que el derecho de acceso a la información cubre datos ya existentes o reorganizaciones básicas, pero no obliga a la administración a realizar trabajos analíticos complejos cuando la información no está digitalizada de esa forma.

El órgano regulador subrayó que el Ministerio de Justicia ya cumple la normativa al publicar periódicamente cifras generales de expedientes de nacionalidad en su página web. Además, indicó que el solicitante puede consultar las estadísticas oficiales del Instituto Nacional de Estadística y del Observatorio Permanente de la Inmigración, que ofrecen variables socio demográficas habituales.

La conclusión del Consejo señaló que exigir al Ministerio un desglose por países desde 2015 supondría una labor desproporcionada respecto al valor añadido de la información, reforzando que las administraciones públicas no están obligadas a actuar como consultoras estadísticas a petición de los ciudadanos.

Este fallo se inscribe en el marco de la Ley de Transparencia, que permite la inadmisión de solicitudes que impliquen una “acción previa de reelaboración”. La decisión confirma que, aunque la sociedad demanda mayor granularidad en los datos de nacionalidad, la carga operativa y el coste de producir ese nivel de detalle siguen siendo un límite legal para el acceso a la información pública.

Fuente: El Confidencial Digital

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