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EEUU autoriza embargar activos españoles por 135,7 millones en el Caso Antin

EEUU autoriza embargar activos españoles por 135,7 millones en el Caso Antin

El Tribunal de Distrito de Columbia rechaza los argumentos del Gobierno español sobre incompatibilidad con el Derecho europeo y permite registrar la sentencia en cualquier distrito judicial

·12 de agosto de 2026·2 min de lectura

El Tribunal de Distrito de Columbia rechaza los argumentos del Gobierno español sobre incompatibilidad con el Derecho europeo y permite registrar la sentencia en cualquier distrito judicial

El Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia ha rechazado la petición de España de paralizar la ejecución de una sentencia que obliga al país a pagar 135,7 millones de euros (156,6 millones de dólares) a los inversores del Caso Antin. La resolución, conocida este 12 de agosto, permite a los acreedores avanzar con el embargo de activos soberanos españoles y registrar la sentencia en cualquier distrito judicial estadounidense.

El Gobierno español había alegado ante el tribunal que el pago de la indemnización o la constitución de una garantía para suspender su ejecución podrían infringir el Derecho comunitario y exponer al país a sanciones de la Comisión Europea. Sin embargo, el auto judicial estadounidense señala que España no ha acreditado haber solicitado recientemente autorización a Bruselas para realizar el pago o constituir dicha garantía. Además, el tribunal interpreta que la insistencia española en que el Derecho europeo le impide cumplir con la sentencia podría indicar una «probabilidad razonable» de que el país no pueda o no quiera satisfacer la deuda.

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El origen del litigio se remonta a los recortes retroactivos aplicados por España entre 2012 y 2014 a las primas a las energías renovables, que habían sido aprobadas para incentivar inversiones en proyectos solares y eólicos. Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar, dos de los inversores afectados, recurrieron al arbitraje internacional alegando una vulneración del Tratado de la Carta de la Energía. En 2018, un tribunal del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CADÍ) falló a su favor y fijó una indemnización inicial de 101 millones de euros, a la que se sumaron intereses hasta alcanzar los 135,7 millones actuales.

La Comisión Europea ya había bloqueado en su momento el pago de los 101 millones de euros iniciales al considerar que constituiría una ayuda de Estado ilegal. En marzo de 2025, la vicepresidenta tercera del Gobierno, Sara Aagesen, declaró en una entrevista con EFE que confiaba en que cualquier recurso contra esta decisión no tendría ningún tipo de recorrido en la Justicia europea. La resolución del tribunal estadounidense, sin embargo, abre la puerta a que los acreedores persigan activos españoles fuera de Washington, incluyendo propiedades o cuentas bancarias susceptibles de embargo.

España ha mantenido su negativa a pagar basándose en la interpretación de la UE de que las indemnizaciones incumplen las normas comunitarias. Este caso forma parte de una serie de litigios internacionales derivados de los cambios regulatorios en el sector energético español, que han generado reclamaciones por valor de miles de millones de euros. La estrategia del Gobierno se ha centrado en evitar el pago mediante recursos legales y argumentos de incompatibilidad con el Derecho europeo, una línea que ahora sufre un revés significativo con la decisión del tribunal estadounidense.

Fuente: The Objective

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