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El Tribunal Supremo condena a dos años a Daniel Alberto Rivera
Diario de Sevilla

El Tribunal Supremo condena a dos años a Daniel Alberto Rivera

La sentencia también impone dos años de prisión y tres años de inhabilitación a Pedro Jiménez Viso, y obliga a indemnizar 924.218,70 euros a la Junta

·15 de octubre de 2026·3 min de lectura

La sentencia también impone dos años de prisión y tres años de inhabilitación a Pedro Jiménez Viso, y obliga a indemnizar 924.218,70 euros a la Junta

Las claves

  • La condena es de dos años de prisión y cinco años de inhabilitación absoluta por las ayudas concedidas a Industrias Elizana, S.A.
  • Pedro Jiménez Viso, copropietario y administrador de Industrias Elizana, también recibió dos años de prisión y tres años de inhabilitación especial.
  • Jiménez Viso deberá indemnizar 924.218,70 euros a la Junta de Andalucía, con responsabilidad solidaria de 525.000 euros por Rivera.
  • Industrias Elizana, S.A. responderá solidariamente por los importes indemnizatorios.
  • Los recursos de casación interpuestos por los condenados y por Industrias Elizana fueron desestimados.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado una nueva condena para el exdirector de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera.

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La condena es de dos años de prisión y cinco años de inhabilitación absoluta por las ayudas concedidas a Industrias Elizana, S.A. Pedro Jiménez Viso, copropietario y administrador de Industrias Elizana, también recibió dos años de prisión y tres años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Jiménez Viso deberá indemnizar 924.218,70 euros a la Junta de Andalucía, con la responsabilidad solidaria del ex alto cargo en la cuantía de 525.000 euros. Industrias Elizana, S.A. responderá solidariamente por los importes indemnizatorios. Los recursos de casación interpuestos por los condenados y por Industrias Elizana fueron desestimados.

Los hechos se remontan al período 2007-2010, cuando Industrias Elizana S.A. recibió ayudas públicas irregulares por valor de 975.000 euros. Las ayudas se concedieron mediante acuerdos verbales entre Pedro Jiménez Viso y sucesivos directores generales de Trabajo y Seguridad Social. En 2007 el empresario contactó al alcalde de Lucena, José Luis Bergillos López, para conseguir ayudas públicas.

El director general Javier Guerrero otorgó una subvención de 1.150.000 euros sin solicitud escrita ni documentación alguna. Posteriormente se suscribió un convenio de colaboración que permitió el abono de 450.000 euros a través de la agencia IDEA. El sucesor Juan Márquez Contreras no dictó resolución de concesión antes del pago.

En 2010 Rivera dictó una resolución que concedía una ayuda sociolaboral excepcional de 700.000 euros a 49 trabajadores de Industrias Elizana. La resolución falsificó la existencia de una memoria justificativa y de un expediente completo que nunca existieron. Rivera sabía que no había motivos de interés público, social o económico y que el expediente no había sido fiscalizado ni publicado en el BOJA.

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La agencia IDEA abonó 525.000 euros a la cuenta de Industrias Elizana bajo esa ayuda. Aunque la ayuda declaraba beneficiarios a los trabajadores, en realidad se utilizó para liquidar la deuda con la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona. El Tribunal Supremo rechazó los nueve motivos de recurso presentados por Rivera.

Antes, en Capitol

15 de octubre. El Tribunal Supremo suspende cautelarmente el voto de 163 000 personas. Alberto Núñez Feijóo se subió al carro de la polémica ley de nietos el 29 de junio de 2026, un día después de que Iustitia Europa presentase la primera denuncia al respecto ante la Junta Electoral Central (JEC).

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