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Mar. Oct 20th, 2026
Portada de Capitol: listas cremallera del 29-N, el número uno decide 100 de los 350 escaños

Listas cremallera del 29-N: el número uno decide 100 escaños

Las candidaturas al 29-N se presentan del 21 al 26 de octubre y estas serán las primeras generales con listas cremallera. Con la proyección provincial de Capitol del 20 de octubre, la ley deja 250 de los 350 escaños repartidos a partes iguales entre mujeres y hombres. En los otros 100 decide quién encabeza cada lista.

·20 de octubre de 2026·12 min de lectura

Las candidaturas al 29-N se presentan del 21 al 26 de octubre y estas serán las primeras generales con listas cremallera. Con la proyección provincial de Capitol del 20 de octubre, la ley deja 250 de los 350 escaños repartidos a partes iguales entre mujeres y hombres. En los otros 100 decide quién encabeza cada lista.

Durante seis días, del miércoles 21 al lunes 26 de octubre, los partidos tienen en la mano la última decisión que pueden tomar con libertad casi completa antes del 29 de noviembre. Las encuestas se mueven, la campaña aún no ha empezado y los programas pueden reescribirse hasta la víspera, pero el orden de una lista electoral queda fijado cuando la Junta Electoral Provincial le pone fecha y hora de entrada. A partir de ahí la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) apenas deja tocarlo. Este año, además, una reforma aprobada en 2024 ha cambiado lo que significa ese orden, y lo ha hecho de una manera que se entiende mejor con números que con principios.

El calendario sale del Real Decreto 806/2026, publicado en el BOE el 6 de octubre, y de los plazos que la LOREG cuenta desde esa fecha. El artículo 45 manda presentar las candidaturas entre el decimoquinto y el vigésimo día posteriores a la convocatoria, lo que da la ventana del 21 al 26 de octubre. Las coaliciones tenían que comunicarse a la Junta Electoral en los diez días siguientes a la convocatoria (artículo 44.2), así que ese plazo venció el 16 de octubre y el mapa de alianzas ya está cerrado. El 28 de octubre, día 22, el BOE publicará todas las listas presentadas. El 30 las juntas comunicarán las irregularidades y los partidos tendrán 48 horas para subsanarlas. El 2 de noviembre llegará la proclamación y el 3 su publicación. Si una candidatura queda fuera, cabe un recurso de dos días ante el juzgado de lo contencioso, que resuelve en otros dos, y un amparo ante el Tribunal Constitucional que este debe despachar en tres (artículo 49). Todo está pensado para que el 13 de noviembre, cuando empieza la campaña, no quede ningún nombre en el aire. El resumen práctico de fechas está en el calendario electoral del 29-N.

Lo que importa es la rigidez. El artículo 48 establece que una candidatura no puede modificarse una vez presentada, salvo en el trámite de subsanación y solo por fallecimiento, renuncia del titular o como consecuencia de ese mismo trámite. Después de la proclamación, las bajas «se entenderán cubiertas por los candidatos sucesivos y, en su caso, por los suplentes». No hay forma de reordenar la lista ni de traer a alguien de fuera. Antes del 26 todo es negociable, y las direcciones lo saben. Capitol ha contado esta semana cómo los cuatro integrantes de la candidatura del PSOE al Congreso por Palencia que habían propuesto las bases renunciaron después de que la dirección federal cambiara a su cabeza de lista, un relevo que Ferraz justificó por el mandato de su último congreso de que la mayoría de candidaturas estén encabezadas por mujeres. Es el tipo de pelea que solo puede darse ahora, porque después del 26 ya no hay nada que pelear.

Por qué el número uno pesa más que nunca

La novedad de 2026 está en el artículo 44 bis. Hasta las generales de 2023 la LOREG exigía, desde la Ley de Igualdad de 2007, que cada sexo tuviera al menos el 40 % de la lista y que esa proporción se respetara en cada tramo de cinco puestos. Era una cuota flexible. Dentro de un tramo, los dos primeros puestos podían ser de dos hombres o de dos mujeres siempre que el tercero y el cuarto compensaran. La Ley Orgánica 2/2024 de representación paritaria, en vigor desde el 22 de agosto de 2024, sustituyó esa regla por la alternancia estricta, la llamada lista cremallera, en la que hombres y mujeres se suceden puesto a puesto en el conjunto de la lista, titulares y suplentes incluidos. Su disposición transitoria primera la aplica a los procesos convocados después de su entrada en vigor, de modo que el 29-N es la primera elección general en la que rige. La Junta Electoral, dice el propio artículo, «solo aceptará» las candidaturas que la cumplan.

La alternancia tiene una consecuencia aritmética sencilla que casi nunca se explica. Si una lista obtiene un número par de escaños, la mitad serán mujeres y la mitad hombres, sea cual sea el orden. Si obtiene un número impar, sobra un escaño y ese escaño es del sexo de quien encabeza la lista. Para saber cuántos escaños quedan a merced del número uno basta con contar cuántas listas sacarán un número impar de diputados, y eso se puede hacer con los datos.

Capitol ha aplicado la regla D’Hondt, circunscripción por circunscripción, a su proyección provincial de las 12:50 del 20 de octubre, que traslada a cada provincia la media de 26 encuestas de los últimos 28 días (PP 31,3 %, PSOE 26,4 % y Vox 18,3 %, con 132, 106 y 67 escaños en el agregador de Capitol). El resultado es que 163 listas obtendrían escaño y 100 de ellas lo harían con un número impar. Los otros 250 escaños se reparten por ley, 125 para cada sexo, antes de que nadie vote. Con los resultados oficiales de 2023 (BOE-A-2023-18907) la cuenta da 94 listas impares de 160, así que el orden de magnitud no depende de la encuesta. Ronda el centenar en cualquier escenario razonable.

Gráfico de barras agrupadas con las listas que obtienen escaño según cuántos diputados eligen. Una: 65 en 2023 y 71 en la proyección del 29-N; dos: 56 y 51; tres: 21 y 23; cuatro: 6 y 9; cinco: 7 y 3; seis o más: 5 y 6
Listas que obtienen al menos un escaño, según el número de diputados que eligen. 2023: resultados oficiales (BOE-A-2023-18907). 29-N: D’Hondt de Capitol sobre su proyección provincial con la media de 26 encuestas de los últimos 28 días (20/10/2026, 12:50).
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Casi la mitad de las listas con escaño eligen a un solo diputado. Listas que obtienen escaño, según cuántos diputados eligen. Fuente: cálculo de Capitol con D'Hondt sobre su proyección provincial (20/10/2026, 12:50) y resultados oficiales de 2023 (BOE-A-2023-18907); art. 44 bis LOREG (Ley Orgánica 2/2024)
2023 (resultado oficial) 29-N (proyección de Capitol)
1 65 listas 71 listas
2 56 listas 51 listas
3 21 listas 23 listas
4 6 listas 9 listas
5 7 listas 3 listas
6 o más 5 listas 6 listas

El dato que ordena todo lo demás es que 71 de esas 163 listas eligen a un solo diputado. Para la paridad, esas listas funcionan como un distrito uninominal, y en un distrito de un escaño la cremallera no tiene nada que alternar. El sexo de esa persona es el sexo del número uno, y punto. Veintinueve de las 52 circunscripciones eligen cinco diputados o menos, y en ellas casi ningún partido pasa de dos o tres escaños. Por eso el efecto es tan grande. Francia conoce bien el problema. Allí la ley de paridad de 2000 impuso la alternancia estricta en las elecciones por lista proporcional, pero en las legislativas, con distritos de un diputado, la ley solo puede penalizar económicamente a los partidos que no presentan suficientes candidatas.

Las listas de dos escaños son donde la reforma cambia de verdad el resultado. Con la regla de 2007 un partido que sacaba dos diputados en una provincia podía mandar al Congreso a dos hombres o a dos mujeres. Con la cremallera es imposible. La proyección da 51 listas de dos escaños (en 2023 fueron 56), y en todas ellas el reparto será uno y uno. En las de tres, el antiguo tramo de cinco permitía que los tres primeros fueran del mismo sexo, y ahora el resultado solo puede ser dos y uno.

Por partidos, el efecto es muy desigual y responde al tamaño de cada grupo, no a su ideología. El PP, con la lista UPN-PP de Navarra incluida, tiene 24 de sus 132 escaños proyectados en listas impares, un 18,2 %. El PSOE, 26 de 106, un 24,5 %. Vox, 27 de 67, un 40,3 %, porque 23 de sus 37 listas con escaño sacarían un único diputado. En el resto de partidos, con grupos más pequeños y concentrados, la proporción supera la mitad, 23 de 45 escaños. Dicho de otro modo, la composición por sexo del grupo de Vox en el próximo Congreso depende mucho más de las decisiones que su dirección tome esta semana que la del PP o la del PSOE.

Gráfico de barras horizontales con el porcentaje de escaños de cada partido en listas que sacan un número impar de diputados: PP y UPN-PP 18,2 % (24 de 132), PSOE 24,5 % (26 de 106), Vox 40,3 % (27 de 67) y resto de partidos 51,1 % (23 de 45)
Con la lista cremallera, en cada lista con un número impar de escaños el sexo del número uno decide un escaño. D’Hondt de Capitol sobre su proyección provincial (20/10/2026, 12:50).
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Cuanto más pequeño es el grupo, más pesa quién encabeza la lista. Escaños en los que el sexo del número uno decide, en % de los escaños de cada partido. Fuente: cálculo de Capitol con D'Hondt sobre su proyección provincial (20/10/2026, 12:50) y resultados oficiales de 2023 (BOE-A-2023-18907); art. 44 bis LOREG (Ley Orgánica 2/2024)
%
PP y UPN-PP (24 de 132) 18,2 %
PSOE (26 de 106) 24,5 %
Vox (27 de 67) 40,3 %
Resto de partidos (23 de 45) 51,1 %

El ejemplo de Palencia ilustra el mecanismo. La provincia elige tres diputados y la proyección de Capitol da dos al PP y uno al PSOE, el mismo reparto que en 2023. Para el PSOE, por tanto, el número uno no es la cabeza de una delegación, es la delegación entera. Algo parecido ocurre en Albacete y en Burgos, donde la proyección deja al PSOE con un escaño frente a los dos de 2023. Cuando un partido retrocede en una provincia pequeña, cada puesto que pierde aumenta el peso del primero de la lista.

La horquilla resultante es amplia. Si todos los partidos pusieran a un hombre al frente de cada lista que saca un número impar de escaños, el Congreso tendría 125 diputadas, el 35,7 %. Si pusieran a una mujer, 225, el 64,3 %. Ninguno de los dos extremos va a darse, pero la anchura del intervalo enseña algo que el debate sobre las cuotas suele pasar por alto. La paridad por lista garantiza el equilibrio en los grupos grandes y en las provincias grandes, y deja la decisión en las pequeñas en manos de quien elige al número uno. Hay un último matiz, y es que el artículo 48.2 cubre las bajas posteriores a la proclamación con «los candidatos sucesivos» sin mencionar el sexo, de modo que una renuncia tardía puede romper la alternancia en el resultado final.

Las firmas que necesitan los que no tienen escaño

La otra barrera de esta semana afecta a muy pocos partidos, pero puede decidir si aparecen o no en la papeleta. El artículo 169.3 de la LOREG exige a los partidos, federaciones y coaliciones que no obtuvieron representación en ninguna de las dos Cámaras en las elecciones anteriores la firma del 0,1 % de los electores inscritos en cada circunscripción en la que quieran presentarse. Las agrupaciones de electores, que no son partidos, necesitan el 1 %. La Instrucción 7/2011 de la Junta Electoral Central precisa los detalles. Las firmas tienen que recogerse después de la convocatoria, el firmante debe estar inscrito en esa provincia, nadie puede avalar a dos candidaturas y vale la firma electrónica con un certificado reconocido por el INE. La misma instrucción exime a las coaliciones si uno de sus partidos obtuvo representación en el Congreso o en el Senado.

Con el censo electoral del INE para el 29-N, 38.728.356 electores con los residentes en el extranjero incluidos, Capitol ha calculado la cifra exacta para cada circunscripción. Un partido sin escaño en 2023 que quiera presentarse en toda España necesita 38.755 firmas válidas. En Madrid son 5.537, en Barcelona 4.399 y en Valencia 2.068. En el otro extremo, Soria pide 78, Ceuta 66 y Melilla 64. Una agrupación de electores, con el 1 %, necesitaría 55.370 firmas solo en Madrid.

Mapa de España con las firmas que necesita en cada provincia un partido sin representación en 2023 para presentar lista al 29-N: Madrid 5.537, Barcelona 4.399, Valencia 2.068, y en el otro extremo Soria 78, Ceuta 66 y Melilla 64
Firmas exigidas por el art. 169.3 de la LOREG (0,1 % del censo de la circunscripción) a los partidos, federaciones y coaliciones sin representación en las Cortes elegidas en 2023. Censo electoral del INE para el 29-N.
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Firmas que necesita un partido sin representación en 2023. Firmas de electores: 0,1 % del censo de cada circunscripción (art. 169.3 LOREG). Fuente: cálculo de Capitol sobre el censo electoral del INE para el 29-N (38.728.356 electores, CERA incluido) y el art. 169.3 de la LOREG (20/10/2026)
Provincia Valor Detalle
A Coruña 1.107
Alacant 1.360
Albacete 309
Almería 542
Araba 268
Asturias 980
Badajoz 553
Barcelona 4.399 Barcelona 4.399
Bizkaia 960
Burgos 301
Cantabria 524
Castelló 449
Ceuta 66
Ciudad Real 394
Cuenca 152
Cáceres 340
Cádiz 1.043
Córdoba 649
Gipuzkoa 598
Girona 576
Granada 792
Guadalajara 209
Huelva 409
Huesca 176
Illes Balears 871
Jaén 516
La Rioja 260
Las Palmas 940
León 426
Lleida 327
Lugo 342
Madrid 5.537 Madrid 5.537
Melilla 64
Murcia 1.145
Málaga 1.293
Navarra 538
Ourense 361
Palencia 138
Pontevedra 927
Salamanca 305
Santa Cruz de Tenerife 928
Segovia 122
Sevilla 1.607
Soria 78
Tarragona 627
Teruel 107
Toledo 570
Valladolid 441
València 2.068
Zamora 163
Zaragoza 761
Ávila 137

Dos casos concretos ayudan a medir el obstáculo. Se Acabó La Fiesta (SALF), el partido de Alvise Pérez, no existía en 2023 y tiene que reunir las firmas en cada provincia donde se presente. Con el 1,8 % que le da la media de Capitol, la cifra no es alta en proporción a su electorado. Las 5.537 firmas de Madrid equivalen a menos del 8 % de los 70.517 votos que la proyección le atribuye allí (Capitol explicó en otro análisis por qué SALF no llega al escaño). La dificultad es logística, porque obliga a montar en tres semanas una red de recogida en 52 circunscripciones. Adelante Andalucía, que en 2023 solo concurrió en Cádiz y no sacó escaño, necesita 6.851 firmas para estar en las ocho provincias andaluzas, 1.607 de ellas en Sevilla. Ninguna de las dos cifras es imposible. Lo que las hace exigentes es el plazo, que corre desde el 6 de octubre y termina con la presentación.

Hay además una válvula que conviene conocer. El Tribunal Constitucional estableció en 2011 (sentencias 163/2011 y siguientes, recogidas por la Junta Electoral Central en su acuerdo de 10 de octubre de 2012) que la falta de firmas suficientes al presentar la lista es subsanable en el plazo de 48 horas del artículo 47.2. Un partido que llegue corto el 26 de octubre no está fuera, siempre que complete los avales entre el 30 de octubre y el 1 de noviembre.

Queda lo que todavía no sabemos, y es casi todo lo que la ley no puede anticipar. Las listas presentadas se conocerán con certeza el 28 de octubre, cuando el BOE las publique, y solo entonces podrá contarse cuántas de las listas con opciones de escaño encabeza una mujer. La proyección, además, cambiará con las encuestas, y un punto de voto basta para convertir una lista de dos escaños en una de tres o de uno. Lo que no cambiará es el mecanismo. En estas elecciones la ley reparte por mitades la mayor parte del Congreso, y deja un centenar de escaños a una decisión que los partidos toman esta semana y que, a partir del lunes 26, ya no podrán corregir.

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