AL MINUTO:
Las principales asociaciones de periodistas respaldan a Ignacio Escolar ante el intento de intimidación de OkdiarioQué es el recuerdo de voto y por qué un entrevistado puede contar 1,5Puente defiende que el sistema LZB es “muy fiable” y anuncia una revisión de los protocolos tras el accidente de UrdaEstados Unidos renueva el Congreso el martes 3 de noviembre con el resto del mandato de Trump en juegoHacienda cifra en 31.183 millones el déficit de las administraciones públicas hasta agosto, un 7% másEl Supremo inadmite la denuncia de Manos Limpias contra Bolaños por sus críticas al juez PeinadoCosta reclama a la Delegación del Gobierno más efectivos ante la concentración de Blocus en PalmaLa Junta Electoral Central se declara incompetente ante la petición de Vox de excluir a candidatos de Bildu e ilegalizar la coalición
En directoEl Gobierno de Navarra y EH Bildu firman los presupuestos de 2027, los octavos que pactan Chivite y la coalición abertzale
Vie. Oct 30th, 2026
Los ayuntamientos sortean entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre las mesas electorales del 29-N
El Debate

Los ayuntamientos sortean entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre las mesas electorales del 29-N

Los ayuntamientos sortean entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre a los presidentes y vocales de las mesas de las elecciones generales del 29 de noviembre, el plazo que fija el artículo 26.4 de la LOREG, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona.

·29 de octubre de 2026·2 min de lectura

Los ayuntamientos sortean entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre a los presidentes y vocales de las mesas de las elecciones generales del 29 de noviembre, el plazo que fija el artículo 26.4 de la LOREG, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona.

Las claves

  • La LOREG fija el sorteo entre los días 25 y 29 posteriores a la convocatoria, publicada en el BOE el 6 de octubre.
  • Cada mesa electoral está compuesta por un presidente y dos vocales, con dos suplentes designados para cada puesto.
  • Los electores de 65 años o más pueden renunciar a su puesto en la mesa en un plazo de siete días.
  • El cargo de presidente requiere el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o Graduado escolar.

Los ayuntamientos españoles celebrarán entre el sábado 31 de octubre y el miércoles 4 de noviembre los sorteos públicos para designar a los ciudadanos que integrarán las mesas electorales en los comicios generales del próximo 29 de noviembre.

El artículo 26 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) fija el sorteo entre los días 25 y 29 posteriores a la convocatoria. El Real Decreto 806/2026 se publicó en el BOE el 6 de octubre, así que el plazo va del 31 de octubre al 4 de noviembre. La selección se hace bajo la supervisión de las juntas electorales de zona.

Cada mesa electoral contará con un presidente y dos vocales, además de dos suplentes para cada cargo, quienes serán los responsables de presidir la votación, controlar la jornada y realizar el recuento de votos.

Los requisitos para ser designado incluyen saber leer y escribir y tener menos de 70 años, aunque los mayores de 65 pueden renunciar voluntariamente en un plazo de siete días tras recibir la notificación oficial.

Para ejercer como presidente de mesa, el artículo 26.2 de la LOREG exige poseer el título de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado, o en su defecto el de Graduado escolar.

Las notificaciones a los ciudadanos seleccionados comenzarán a enviarse a partir de la realización de los sorteos, por lo que los elegidos conocerán su designación a principios del mes de noviembre.

Corrección (29/10/2026): decía que los sorteos se celebran hasta el 3 de noviembre y que los requisitos de los presidentes los fija la Junta Electoral Central; según la LOREG el plazo acaba el 4 de noviembre y los requisitos están en su artículo 26.2.

Calendario del 29-N

  • Del 31 de octubre al 4 de noviembre: sorteo de los miembros de las mesas electorales (art. 26.4).
  • 2 de noviembre: proclamación de los candidatos (art. 47.3).
  • Del 13 al 27 de noviembre: campaña electoral, que dura quince días y termina a las cero horas del día anterior a la votación (art. 51).
  • 19 de noviembre: último día para pedir el voto por correo (art. 72).
  • Del 24 al 28 de noviembre: prohibido publicar encuestas electorales (art. 69.7).

Fuentes

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *