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El Constitucional inadmite el amparo del Defensor del Pueblo y mantiene la suspensión del voto de la ‘ley de nietos’
El Periódico (Política)

El Constitucional inadmite el amparo del Defensor del Pueblo y mantiene la suspensión del voto de la ‘ley de nietos’

El pleno rechazó 10 votos a 2 el recurso del Defensor del Pueblo, manteniendo la suspensión del voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’

·21 de octubre de 2026·3 min de lectura

El pleno rechazó 10 votos a 2 el recurso del Defensor del Pueblo, manteniendo la suspensión del voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’

Las claves

  • El recurso, presentado el pasado viernes por el Defensor del Pueblo, fue rechazado por 10 votos a 2.
  • El pleno del Tribunal Constitucional no se pronunció sobre las medidas cautelares porque el recurso fue declarado prematuro.
  • El Constitucional ya mantenía esa postura antes de que se presentara el recurso.
  • El pleno comenzó a deliberar el martes y continuó el miércoles.
  • La mayoría apoyó la propuesta del magistrado Enrique Arnaldo de inadmitir a trámite el recurso por prematuridad.

El Tribunal Constitucional ha renunciado este miércoles a intervenir en las medidas cautelares acordadas por el Tribunal Supremo que suponen la suspensión del voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’.

El recurso interpuesto por el Defensor del Pueblo el pasado viernes fue rechazado por diez votos contra dos, declarándolo prematuro. Al declararse prematuro, los doce magistrados del pleno no se pronunciaron sobre las medidas cautelares planteadas por el alto comisionado de las Cortes Generales.

El tribunal ya mantenía esa postura antes de que se presentara recurso alguno. El pleno comenzó a deliberar el asunto el martes, tras concluir los puntos previstos en el orden del día inicial, y continuó la discusión el miércoles.

La mayoría de los magistrados apoyó la propuesta del magistrado Enrique Arnaldo, que defendía la inadmisión a trámite del recurso por considerarlo prematuro. Arnaldo argumentó que la vía jurisdiccional previa no se había agotado y que el Tribunal Supremo aún podía modificar su criterio al pronunciarse sobre las alegaciones de los afectados.

Según Arnaldo, el recurso de amparo es subsidiario y no debe utilizarse sin que los órganos judiciales hayan tenido la oportunidad de pronunciarse y remediar la lesión invocada. Añadió que el Defensor del Pueblo puede recurrir sin ser parte del procedimiento, pero esa intervención no agota la vía judicial disponible.

El Defensor del Pueblo solo ha presentado 11 recursos de amparo en toda la democracia, el último en 2015.

El Tribunal Supremo ha acordado que los interesados pueden personarse como codemandados, con abogado y procurador, y formular alegaciones sobre las medidas cautelares del auto de 10 de septiembre. Por tanto, el Supremo debe pronunciarse nuevamente, tras recibir las alegaciones, sobre las medidas cautelares confirmadas el 12 de octubre.

Se constata que los efectos de la decisión cautelar no son definitivos y pueden modificarse en función de las alegaciones presentadas.

Corrección (21/10/2026): la noticia decía que en la historia democrática solo se han presentado once recursos de amparo; son los que ha presentado el Defensor del Pueblo.

Antes, en Capitol

21 de octubre. Cayetana Álvarez de Toledo anuncia que el PP llevará la Ley de Nietos al Constitucional. La portavoz adjunta del PP en el Congreso acusa al Gobierno de intentar una «manipulación» de la ley con fines electorales y avisa de que su partido actuará «por tierra, mar y aire» si se incumplen las resoluciones judiciales.

20 de octubre. Magistrados de los dos sectores del Constitucional abogan por inadmitir el amparo del Defensor del Pueblo sobre la ley de nietos. El Pleno del Tribunal Constitucional estudia este miércoles el recurso contra la suspensión del voto de 163.020 personas nacionalizadas por la ley de nietos, que puede romper la dinámica de bloques.

19 de octubre. El amparo de Gabilondo por la ley de nietos tiene un precedente: el Defensor desistió en 1984. El Pleno del Constitucional se pronunciará sobre el recurso del Defensor del Pueblo; en 1984 la institución desistió de un amparo preventivo cuando el tribunal admitió los recursos de los propios afectados.

Sigue la cobertura: El Defensor del Pueblo retira el amparo tras personarse los afectados

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