Juristas explican que la sentencia del Supremo diferencia entre rechazo fronterizo y devoluciones en caliente, permitiendo la devolución de migrantes que entran por vía terrestre
La sentencia del Tribunal Supremo permite las devoluciones desde Ceuta, pero es importante destacar que la aplicación de esta sentencia se enmarca en el marco legal de la Ley de Extranjería, que establece que las devoluciones deben realizarse dentro de las 72 horas siguientes a la entrada del migrante en territorio nacional.
Además, la sentencia del Supremo diferencia entre el rechazo fronterizo y las devoluciones en caliente, lo que significa que los migrantes que entran por vía terrestre pueden ser devueltos, mientras que aquellos que son interceptados en el mar deben ser sometidos al procedimiento de devolución.
La sentencia del Supremo también tiene en cuenta la competencia de la Autoridad Marítima para realizar devoluciones en caliente, lo que significa que la Autoridad Marítima tiene la competencia para realizar devoluciones en caliente en el mar, pero no en tierra.
En este sentido, la sentencia del Supremo busca equilibrar la necesidad de controlar la entrada de migrantes en el territorio nacional con la necesidad de respetar los derechos humanos de los migrantes.
Fuente: La Vanguardia
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