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Tres afectados por la suspensión cautelar de la ley de nietos denuncian ante el Tribunal Supremo que se vulnera su derecho al voto
El escrito lo ha presentado Ilocad, el despacho del exjuez Baltasar Garzón, ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo. Pide que los tres sean parte en el procedimiento y tengan acceso al expediente, y que se anulen las medidas cautelares para que puedan votar el 29-N.
Los tres recurrentes habían obtenido la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática. En el escrito, de trece páginas, denuncian que la resolución del alto tribunal limita su derecho de sufragio activo.
Argumentan que la medida vulnera un derecho fundamental de miles de personas al «imposibilitar el ejercicio del derecho de participación política». Los afectados afirman que el derecho de sufragio activo no se puede suspender bajo ninguna circunstancia.
Citan la redacción del Código Penal que indica que «se suprimió la pena de privación temporal del derecho de sufragio activo» como base legal de su reclamación.
Según los demandantes, la inscripción en el censo electoral no determina la condición de ciudadano español ni la titularidad del voto, aunque es indispensable para ejercerlo. Por ello, sostienen que la suspensión de los efectos electorales del CERA para quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática equivale a una suspensión práctica del derecho al voto.
Critican la contramedida cautelar describiéndola como «una carga diabólica para la Administración demandada y para los ciudadanos españoles que, ni tan siquiera por Sentencia penal firme, pueden ver limitado su derecho de sufragio activo».
Finalmente, los tres demandantes califican la medida de suspensión del derecho al voto como «inconstitucional» y contraria a la ley.


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