Los 163.020 nacionalizados por la ley de nietos a los que el Tribunal Supremo ha suspendido el voto son el 0,4 % del censo del 29-N. Con la media de encuestas del 19 de octubre, pueden decidir un escaño en Girona, en Gipuzkoa o en La Rioja, pero no la mayoría del Congreso. Ni siquiera votando todos, y todos al mismo bloque, mueven más de tres diputados.
La pelea por el voto de los nietos del exilio se ha contado como una batalla por el resultado del 29 de noviembre. Los números dicen otra cosa. El litigio enfrenta derechos fundamentales, la limpieza del censo y la relación entre el Supremo y el Constitucional, y nada de eso es menor. Pero el efecto sobre los escaños es pequeño, y precisamente por eso el riesgo está en otra parte: en las pocas provincias donde un diputado se decide por menos votos de los que están en disputa, y en lo que pase con esas papeletas el día del escrutinio.
Primero, lo que está resuelto. La Ley 20/2022 de Memoria Democrática abrió en su disposición adicional octava la nacionalidad a los nacidos fuera de España de padres o abuelos que la perdieron por el exilio, y a otros supuestos de descendientes. La asociación Iustitia Europa denunció el 28 de junio ante la Junta Electoral Central la instrucción que la desarrolló, y el 21 de julio llevó el asunto al Supremo. La Sala Tercera dictó medidas cautelares el 10 de septiembre y las mantuvo el 12 de octubre, al rechazar los recursos de la Abogacía del Estado y del INE: suspende los efectos electorales de esas inscripciones y obliga a los consulados a certificar, caso por caso, quién desciende de verdad de un exiliado. Según la Abogacía del Estado, la medida alcanza a 163.020 personas inscritas en el censo a 1 de agosto de 2026. El 16 de octubre, el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, presentó ante el Constitucional el recurso de amparo 7160-2026, con petición de suspensión urgente de los autos. Vox e Iustitia Europa han pedido que no se admita. Y el ministro de Exteriores, José Manuel Albares, reconoció el lunes que será «muy difícil» completar las certificaciones antes del 29-N.
La fecha del 1 de agosto no es casual. El artículo 39 de la ley electoral (LOREG) fija que el censo de cada elección es el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria, y el Real Decreto 806/2026 se publicó el 6 de octubre. La cifra en disputa, por tanto, ya no crece. Es un número cerrado, y se puede medir.
Cuánto pesan 163.020 votos
El censo del INE para estas elecciones suma 38.728.356 electores, de los que 2.769.645 viven en el extranjero (el CERA). Los nacionalizados con el voto suspendido son el 5,9 % del CERA y el 0,4 % del total. A escala nacional equivalen a un partido que no entraría en el Congreso: SALF, con el 1,8 % de la media, ronda los 430.000 votos y no saca escaño en ninguna provincia.
El peso cambia mucho de una provincia a otra. El voto exterior es el 7,2 % del censo en el conjunto de España, pero el 30,8 % en Ourense, el 22,6 % en Lugo, el 16 % en A Coruña y Pontevedra, el 14,7 % en Asturias y el 13,5 % en Santa Cruz de Tenerife. Es el mapa de la emigración del siglo XX hacia Argentina, Cuba, Venezuela o México, que es también el mapa de buena parte del exilio y de sus descendientes. Lo que nadie ha publicado es cuántos de los 163.020 hay en cada provincia. Los casos conocidos apuntan a concentraciones muy locales: en Murtas, en la Alpujarra granadina, hay 1.067 electores inscritos en el extranjero frente a 332 residentes. Para el cálculo que sigue, Capitol reparte los 163.020 en proporción al CERA de cada provincia y luego prueba qué pasaría si la concentración fuera el doble.

La pregunta útil no es cuántos son, sino cuántos hacen falta para que un escaño cambie de manos. Para responderla hemos aplicado la ley D’Hondt a la media de encuestas de Capitol repartida por provincias. En la mayoría de las 52 circunscripciones el último escaño está a miles o decenas de miles de votos, y ningún reparto plausible de los nacionalizados lo toca. En cinco está a muy poco. En Girona, Junts arrebataría a Vox el sexto escaño con 92 votos más. En Gipuzkoa, el PNV le quitaría al PSOE el último con 127. En La Rioja, el PSOE se lo quitaría al PP con 241. En Las Palmas, el PP al PSOE con 919, y en Santa Cruz de Tenerife, el PP a Unidad del Pueblo Canario con 1.287.
Si los nacionalizados se repartieran como el CERA, Girona tendría unos 1.775. Bastaría con que el aspirante les sacara una ventaja neta del 5,2 % para cambiar el diputado, aunque votaran todos. En Gipuzkoa, el 6 %. En Tenerife y La Rioja la ventaja necesaria ya sube al 17-19 %, y en Almería, Huesca o A Coruña pasa del 25 %. Una ventaja neta del 25 % es mucho: equivale a que votara uno de cada cuatro, y todos al mismo partido.

Hay un detalle que el gráfico deja ver y que desmonta la lectura de bloques. Los aspirantes son distintos en cada sitio: Junts en Girona, el PNV en Gipuzkoa, el PSOE en La Rioja y A Coruña, el PP en Canarias y Almería. Para que el voto de los nietos alterase la aritmética de los pactos tendría que inclinarse hacia un mismo bloque en todas partes. Así que lo hemos simulado de esa forma: sumamos a cada provincia los votos de los nacionalizados con distintas participaciones y con una inclinación hacia la izquierda (PSOE, Frente Amplio, Podemos y sus coaliciones) o hacia la derecha (PP, Vox y UPN-PP), y repetimos el D’Hondt en las 52 circunscripciones.
El resultado es simétrico y muy estable. Si vota uno de cada cuatro y tres de cada cuatro eligen el mismo bloque, no cambia ni un escaño, hacia ningún lado. Si vota la mitad con esa misma inclinación hacia la izquierda, cambia uno, el de La Rioja; hacia la derecha, ninguno. Solo en el caso extremo, con los 163.020 votando y todos al mismo bloque, se mueven dos o tres diputados: con todo el voto a la izquierda, el PSOE gana La Rioja y A Coruña y el bloque de PP, Vox y UPN-PP baja de 199 a 197; con todo a la derecha, el PP gana Almería, Las Palmas y Tenerife y el bloque sube a 202. La mayoría absoluta está en 176. Doblar la concentración en las provincias del filo equivale a pasar de la columna de un cuarto a la de la mitad, y la conclusión no cambia.

Ese caso extremo no es realista. El voto exterior ha sido históricamente minoritario, incluso después de que la reforma de 2022 suprimiera el voto rogado y la documentación llegue sin pedirla (artículo 75 de la LOREG). Y no hay ningún dato oficial sobre a quién votarían los nacionalizados. Por eso el cálculo se presenta como un techo, no como un pronóstico. Ahora bien, la experiencia reciente muestra que el voto de fuera sí puede decidir el último escaño de una provincia. En 2023, el recuento del CERA en Madrid pasó un diputado del PSOE al PP y dejó el reparto final en 137 y 121.
El riesgo está en el escrutinio
Si el número no decide el Gobierno, ¿por qué importa tanto? Porque la LOREG convierte esta aritmética en un criterio jurídico. El voto del CERA no se cuenta la noche electoral. Se suma en el escrutinio general, que la ley sitúa en el quinto día después de la votación (artículo 103), es decir, el 4 de diciembre. Y si después se recurre, el artículo 113 dice que la invalidez de la votación en una o varias mesas no obliga a repetirla «cuando su resultado no altere la atribución de escaños en la circunscripción». Lo que decide si un vicio tiene consecuencias es, literalmente, si cambia un diputado.
Eso desplaza el foco de los 163.020 a las cinco provincias del gráfico. En Girona, cualquier duda sobre unos cientos de papeletas exteriores, por ejemplo de electores cuya certificación consular llegue tarde o se discuta, podría acabar en un recurso contencioso-electoral con opciones reales. En Ourense, donde el voto exterior es casi un tercio del censo pero el último escaño está a más de 10.000 votos, la misma duda sería irrelevante para el reparto. No es un riesgo teórico: en marzo de 1990 se repitió la votación al Congreso en Melilla, anulada por irregularidades en las generales de 1989.
El otro frente es constitucional, y ahí los dos lados tienen argumentos de peso. El artículo 23 de la Constitución reconoce el derecho de sufragio, y el 68.5 obliga al Estado a facilitar el voto de los españoles que están fuera; el Defensor del Pueblo está legitimado para pedir amparo por el artículo 162. Enfrente, el Supremo justificó las cautelares en un peligro «fundado, real y serio» para la objetividad del proceso, según recuerda el escrito de Vox, que sostiene además que la vía judicial no está agotada porque los afectados aún pueden alegar. La ley del Constitucional permite suspender una resolución recurrida si, de no hacerlo, el amparo perdiera su finalidad, salvo que la suspensión cause una perturbación grave a otro interés constitucional o a derechos de terceros (artículo 56). Las dos posiciones invocan el mismo peligro de hechos consumados. Quien no vota el 29-N no puede votar después. Un voto admitido y luego anulado contamina el resultado allí donde el margen es estrecho.
Queda mucho por saber, y conviene decirlo. No sabemos cuántos nacionalizados certificarán los consulados como descendientes de exiliados, ni cuántos hay en cada provincia. Tampoco sabemos si el Constitucional admitirá el amparo, ni cuándo. Los márgenes que hemos calculado se mueven además con cada encuesta. El último escaño de Tenerife estaba a 216 votos con la proyección de media tarde y a 1.287 con la de la noche. El método, con sus límites, está en la metodología de Capitol.
Hay cuatro cosas que vigilar en las próximas semanas. La primera, el fin del plazo de alegaciones de los afectados, que según el escrito de Vox llega hasta el 22 de octubre. La segunda, la decisión del Constitucional sobre la admisión y la suspensión. La tercera, el primer envío de la documentación al voto exterior, que la Junta Electoral Central ha autorizado del 24 al 30 de octubre con una advertencia sobre la posible suspensión. La cuarta, la lista de provincias con el último escaño en el filo cuando se acerque el 29-N. Si Girona, Gipuzkoa o La Rioja siguen ahí, la noche del 4 de diciembre puede decir más que la del 29 de noviembre. Lo que no pueden hacer los 163.020 votos, voten o no, es cambiar quién suma la mayoría.


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