Una ley orgánica es la ley que la Constitución reserva para las materias más delicadas, como los derechos fundamentales, los Estatutos de Autonomía o el régimen electoral, y que solo sale adelante con la mayoría absoluta del Congreso. En la práctica son 176 votos a favor de los 350 diputados, sumen lo que sumen las abstenciones.
La define el artículo 81 de la Constitución. Son leyes orgánicas «las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución». Y su aprobación, modificación o derogación «exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto».
En qué se diferencia de una ley ordinaria
Una ley ordinaria se aprueba por mayoría simple, con más síes que noes. La orgánica necesita además esa votación final sobre el texto entero. El artículo 131 del Reglamento del Congreso dice que la Presidencia la anuncia con antelación y que, si no se alcanza la mayoría absoluta, el texto vuelve a la Comisión, que tiene un mes para emitir un nuevo dictamen. Si el Senado la veta o la enmienda, el artículo 132 exige otra vez mayoría absoluta para levantar el veto o aprobar el texto final.
Hay otras dos garantías en la Constitución. Las Comisiones no pueden aprobarla por su cuenta, porque el artículo 75.3 la saca de la competencia legislativa plena, y el Gobierno no puede regular estas materias por delegación (artículo 82.1). El decreto-ley tampoco puede tocar los derechos del Título I ni el Derecho electoral general (artículo 86.1).
Un ejemplo, las reglas del 29-N
Las elecciones generales se rigen por la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, la LOREG. Cada cambio en ella ha necesitado otra ley orgánica, y varios afectan a quien vota el 29 de noviembre.
| Ley orgánica | Qué cambió en la LOREG |
|---|---|
| 2/2011, de 28 de enero | Introdujo el voto rogado para los españoles que viven en el extranjero (artículo 75) |
| 2/2018, de 5 de diciembre | Reformó el artículo 3 para garantizar el voto de todas las personas con discapacidad |
| 12/2022, de 30 de septiembre | Suprimió el voto rogado, y la documentación llega de oficio al domicilio |
| 2/2024, de 1 de agosto | Cambió el artículo 44 bis sobre la presencia equilibrada de mujeres y hombres en las listas |
El preámbulo de la Ley Orgánica 12/2022 explica que quiere «suprimir el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto». Por eso el 29-N será la segunda elección general sin voto rogado, como detalla la guía del voto desde el extranjero.
Qué pasa con la disolución
Las Cortes que salgan de las urnas necesitarán 176 diputados de acuerdo para cualquier ley orgánica, la misma cifra que pide la investidura en primera votación. Los proyectos que estaban en marcha cuando se disolvieron las Cámaras decaen, como se explica en la pieza sobre las leyes que caducan con la disolución. Las cuentas de esas mayorías están en mayoría absoluta y tres quintos tras el 29-N, y más términos en el glosario electoral del 29-N.


Comentarios