El DNI del móvil solo servirá para votar el 29-N si cada mesa tiene un lector. La Junta Electoral Central acordó el 22 de octubre (acuerdo 295/2026) levantar la suspensión de MiDNI, vigente desde el 26 de marzo, cuando Interior confirme ese aparato en todas las mesas. El carné de conducir del móvil seguirá sin valer.
- La ley electoral pide un DNI, un pasaporte o un permiso de conducir con fotografía (art. 85.1 LOREG). Desde abril de 2025, el real decreto del DNI da a la versión del móvil «la misma eficacia jurídica a efectos de identificación».
- La Junta admitió MiDNI el 18 de septiembre de 2025 y la suspendió, junto con MiDGT, el 26 de marzo de 2026, tras 189 días. En las andaluzas del 17 de mayo no valió ninguna de las dos.
- Interior comunicó a la Junta el 22 de octubre que empieza a contratar el préstamo de los terminales. Quedan 38 días hasta la votación para que haya uno en cada mesa (cálculo de Capitol sobre los acuerdos publicados).

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| días | |
|---|---|
| MiDGT admitido (Ac. 3/2023, 16/2/2023 → 26/3/2026) | 1.134 días |
| MiDNI admitido (Ac. 56/2025, 18/9/2025 → 26/3/2026) | 189 días |
| Ambas suspendidas (26/3/2026 → 22/10/2026) | 210 días |
| Del inicio de la compra de lectores al 29-N (22/10 → 29/11) | 38 días |
La pregunta parece sencilla y la respuesta, a 23 de octubre, es «todavía no, y depende de un aparato». Quien llegue a su mesa el 29 de noviembre con el carné en el móvil y sin la tarjeta en la cartera depende de una condición que no controla ni él ni la mesa. Hace siete meses la respuesta era un sí rotundo, y en mayo, un no igual de rotundo. Entender por qué ha cambiado tres veces dice bastante de cómo funciona la administración electoral española.
La decisión está en el acuerdo 295/2026, el que da el visto bueno al manual de instrucciones de los miembros de mesa para las generales. En su segundo punto, la Junta se compromete a levantar la suspensión «tan solo respecto de la aplicación de MiDNI» en cuanto el Gobierno confirme que las mesas disponen de «un dispositivo con cámara y navegador que tenga incorporado el verificador QR de la web oficial de MiDNI». El código que se lea será temporal y «deberá abrirse delante de la Mesa». Una semana antes, el 15 de octubre, había avisado a Interior de que no decidiría hasta que se acreditara ese aparato «en todas las Mesas electorales» (expediente 330/351). El mismo 22, el ministerio le comunicó que inicia la contratación del préstamo de esos terminales y la Junta tomó conocimiento (expediente 330/354).
Por qué la Junta dio marcha atrás en marzo
La historia empieza con otro carné. En febrero de 2023, al revisar el manual de mesa de las municipales, la Junta aceptó que un elector se identificara con el permiso de conducir de la aplicación MiDGT (acuerdo 3/2023). Cuando el Partido Popular pidió en junio de 2024 que se dejara de admitir, la Junta se negó con un argumento que conviene retener. Ese carné solo sirve para ver la fotografía del titular, y por eso la mesa no necesita ningún aparato para leer su código QR (acuerdo 210/2024).
El DNI llegó después. El Real Decreto 255/2025, en vigor desde el 2 de abril de 2025, creó la versión digital del documento y le dio, en su artículo 13, el mismo valor que a la tarjeta física para acreditar la identidad «ante las autoridades, sus agentes y funcionarios públicos». Con esa base, la Junta concluyó el 18 de septiembre de 2025 (acuerdo 56/2025) que MiDNI era un documento oficial con fotografía y encajaba en el artículo 85.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
La discusión nunca fue si el DNI del móvil es un DNI. Lo dice un real decreto y la Junta no lo ha puesto en duda. El problema es cómo sabe la mesa que lo que ve en una pantalla es el documento auténtico y no una imagen bien hecha. La aplicación tiene dos modos. En el sencillo, el titular la abre y enseña su fotografía, su nombre y sus apellidos, como haría con la tarjeta. En el otro, genera un código QR temporal que quien comprueba lee con la función «Verifica un DNI». El presidente de la Junta Electoral de Aragón resolvió el 24 de enero de 2026, para las autonómicas de ese territorio, que bastaba el primero, siempre que el titular abriera la aplicación delante de la mesa.
El PP pidió a la Junta Electoral Central que revisara su criterio. Según resume el acuerdo 80/2026, sostenía que la «comunicación segura» que exige el real decreto solo se produce con el QR y reclamaba un lector en cada mesa o, si no era posible, que la aplicación no valiera para votar. La Dirección General de Política Interior defendió lo contrario en un informe del 2 de marzo. Pedir más al DNI digital que al físico no tenía justificación, la mesa siempre decide en caso de duda, MiDGT se había usado sin denuncias de suplantación y la cobertura del móvil no llega igual a todo el territorio, tampoco para un lector en cada colegio. La Junta le dio la razón el 5 de marzo y ese mismo día admitió MiDNI para pedir el voto por correo, recoger la documentación y entregar el sobre en Correos, salvo cuando lo entrega otra persona autorizada (acuerdo 81/2026).
Tres semanas después lo suspendió todo. El acuerdo 113/2026, del 26 de marzo, resuelve un expediente abierto por el ministro del Interior para que la Junta reconsiderara su criterio y cita los escritos del viceconsejero de la Presidencia de la Junta de Andalucía, de la Dirección General de Política Interior, del PP «y otros». Deja sin efecto los acuerdos de 2023, 2025 y 2026 que permitían usar MiDGT y MiDNI «en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo». Lo hace «para asegurar al máximo la confianza de los ciudadanos en el sistema electoral» y «hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura». El 23 de abril confirmó a la Junta Electoral de Andalucía que esa garantía no existía para el 17 de mayo (acuerdo 154/2026).
Leída con calma, la suspensión no declaraba inseguro el DNI digital. Ponía una condición sobre la forma de verificarlo y aceptaba un coste conocido, el de dejar fuera también al carné de conducir del móvil, admitido durante 1.134 días. Es una pauta antigua de la administración electoral. Entre la regla más cómoda para el votante y la que nadie pueda discutir el día de la votación, la Junta suele elegir la segunda, porque una mesa que duda de un documento tiene que resolver en el acto y sin vuelta atrás.
Lo que se sabe y lo que no
El acuerdo del 22 de octubre cierra el círculo. Exige, para el DNI, justo la verificación técnica que reclamaba el PP en marzo y que Interior consideraba entonces innecesaria, y deja fuera a MiDGT, cuyo código no se comprobará. La condición tiene, además, una parte de logística que no es menor. El 29 de noviembre votarán en mesas de toda España los 35.958.711 electores residentes que recoge el censo por provincias que usa Capitol para el 29-N, frente a los 2.769.645 inscritos en el extranjero, que votan por correo o en urna en los consulados. Cada mesa necesitará su terminal con cámara, navegador y conexión, y unos vocales elegidos por sorteo que sepan usarlo. La probabilidad de que te toque una mesa no cambia por esto, pero el trabajo de quien esté en ella, sí.
Lo que se sabe cabe en cuatro hechos con fecha. La ley pide un documento con fotografía. El real decreto equipara el DNI del móvil al físico. La Junta suspendió su uso el 26 de marzo. Y el 22 de octubre fijó la condición para recuperarlo y supo que Interior empieza a contratar los lectores.
Lo que no se sabe pesa casi lo mismo. No consta en los acuerdos publicados cuántos terminales se contratarán, con qué empresa ni con qué coste. Tampoco qué pasará en un colegio sin cobertura o con un aparato averiado a media mañana, porque la condición de la Junta habla de todas las mesas y no prevé excepciones. Y queda una duda sobre el voto por correo, cuyo plazo de solicitud termina el 19 de noviembre. La suspensión de marzo alcanzaba al voto depositado por correo y el acuerdo del 22 solo menciona la verificación ante la mesa. Cómo se identifica hoy quien vota por correo está explicado en esta pieza de Capitol.
Qué pasa ahora
El siguiente paso le toca al Gobierno, que debe confirmar a la Junta que los terminales estarán en todas las mesas. Cuando lo haga, la Junta adoptará el acuerdo que levanta la suspensión para MiDNI y lo trasladará a las juntas provinciales y de zona, como ya ha ordenado hacer con el del 22. Si la confirmación no llega a tiempo, el 29-N se votará como en Andalucía, solo con documentos físicos.
Hasta entonces, la regla práctica no cambia. Lo seguro es llevar el DNI, el pasaporte o el carné de conducir en su soporte físico. Si la mesa duda de la identidad de alguien, el artículo 85.4 de la ley electoral le permite decidir por mayoría a la vista de los documentos y del testimonio de los presentes, y en todo caso pasar el tanto de culpa al tribunal competente para que depure responsabilidades. Todos los plazos hasta las urnas están en la guía para votar el 29-N y en el especial de Capitol, que contará el acuerdo definitivo de la Junta en cuanto se publique.


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