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Glosario de Capitol, Gobierno en funciones, sustantivo masculino

Qué es un Gobierno en funciones y qué no puede hacer tras el 29-N

Un Gobierno en funciones es el que ya ha cesado, tras unas elecciones generales, una dimisión o la pérdida de la confianza del Congreso, y sigue gobernando hasta que toma posesión el siguiente. Lo establece el artículo 101 de la Constitución, y la Ley del Gobierno le prohíbe aprobar presupuestos, presentar proyectos de ley o disolver las Cortes.

·27 de octubre de 2026·3 min de lectura

Un Gobierno en funciones es el que ya ha cesado, tras unas elecciones generales, una dimisión o la pérdida de la confianza del Congreso, y sigue gobernando hasta que toma posesión el siguiente. Lo establece el artículo 101 de la Constitución, y la Ley del Gobierno le prohíbe aprobar presupuestos, presentar proyectos de ley o disolver las Cortes.

El Gobierno de Pedro Sánchez no está en funciones hoy, aunque las Cortes estén disueltas desde el 6 de octubre. Lo estará cuando se celebren las elecciones del 29 de noviembre, y seguirá así hasta que el Congreso que salga de ellas invista a un presidente y se nombre a sus ministros.

Qué dice la norma

El artículo 101 de la Constitución dice que el Gobierno «cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente», y que el cesante «continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno».

Los límites están en el artículo 21 de la Ley 50/1997, del Gobierno. Un Gobierno en funciones debe facilitar el traspaso de poderes y limitar su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, salvo urgencia o interés general que se acrediten expresamente. Su presidente no puede proponer la disolución de las Cortes, plantear una cuestión de confianza ni proponer un referéndum consultivo. El Consejo de Ministros no puede aprobar el proyecto de Presupuestos, por lo que las cuentas vigentes siguen en prórroga, ni presentar proyectos de ley. Y las delegaciones legislativas que le dieron las Cortes quedan en suspenso. Sí puede aprobar un decreto-ley si hay urgencia, porque la ley no se lo prohíbe.

Cuánto han durado los últimos

La tabla cuenta los días desde las elecciones generales hasta la publicación en el BOE del real decreto que nombró a los ministros del Gobierno siguiente.

Elecciones Repetición Nombramiento del nuevo Gobierno Días
20 de noviembre de 2011 No hubo Real Decreto 1826/2011, BOE del 22 de diciembre de 2011 32
20 de diciembre de 2015 26 de junio de 2016 Real Decreto 417/2016, BOE del 4 de noviembre de 2016 320
28 de abril de 2019 10 de noviembre de 2019 Real Decreto 8/2020, BOE del 13 de enero de 2020 260
23 de julio de 2023 No hubo Real Decreto 835/2023, BOE del 21 de noviembre de 2023 121

El récord sigue siendo el de Mariano Rajoy, que gobernó en funciones 320 días, con dos elecciones de por medio, hasta su investidura de octubre de 2016 (Real Decreto 414/2016). Pedro Sánchez estuvo 260 días en funciones entre 2019 y 2020 por la repetición del 10 de noviembre, y 121 días en 2023, hasta que fue investido el 16 de noviembre (Real Decreto 828/2023). En 2011, con una mayoría absoluta clara, el traspaso a Rajoy duró 32 días.

Tras el 29-N, el plazo mínimo lo marca el calendario. El Real Decreto 806/2026 convoca la sesión constitutiva de las nuevas Cortes el 23 de diciembre, 24 días después de votar, y solo después puede empezar la investidura. Si en dos meses desde la primera votación ningún candidato la supera, las Cortes se disuelven y el Gobierno seguiría en funciones hasta la repetición. Cómo se llega a ese punto lo explica cómo se disuelven las Cortes.

Más términos en el glosario electoral del 29-N.

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